FILIACION INEFICAZ O DOBLE PARTIDA

30 Sep 2014 23:35 #1 por alanbabuclassi
FILIACION INEFICAZ O DOBLE PARTIDA Publicado por alanbabuclassi
Estimados colegas, a continuacion expongo un caso bastante interesante de filiacion ineficaz, del cual me encantaria saber su opinion legal y aportes profecionales:

Es el caso que una persona fue asentada por el presunto padre en el plazo legal establecido y en el municipio de su domicilio, siendo el esposo de la madre del recien nacido, sin embargo, la madre consiente de que el hijo no era de su esposo, le facilitó los plantares del recien nacido al padre biologico, y este lo fue a asentar siempre dentro del plazo legal en el municipio de San Salvador, lugar del nacimiento; posteriormente el matrimonio se disolvio mediante el divorcio, y la madre demando al ex-esposo para exigir cuota alimenticia, la cual fue procedennte e impuesta al presunto padre, quien inicio pagando las cuotas pero dejo de hacerlo por insolvencia economica, la ex-esposa lo denuncio ante la PNC, y fue arrestado por el delito de Incumplimiento de cuota alimenticia, fue procesado y encarcelado en un centro penal, pero fue sobreseido definitivamente al pagar las cuotas atrasadas, y continuó pagando las cuotas. Ahora que el presunto hijo alcanzo la mayoria de edad se le denegó el DUI, por lo que ha iniciado diligencias de anulacion de partida de nacimiento, por lo que el abogado director a solicitado al presunto padre que firme una declaracion jurada en la que manifieste que el sabia que no era su hijo pero que lo asentó por simple caridad de darle su apellido. Ademas le hizo saber que mediante prueba de ADN ya se confirmó que el que lo asentó en San Salvador es el verdadero padre biologico. Ante esta situacion, el presunto padre se niega a colaborar y firmar la declaracion jurada.

las interrogantes son:

¿Puede proceder la anulacion de la primer partida sin la declaracion del presunto padre que lo asentó primero?

En caso de aceptar colaborar ¿Puede el presunto padre, una vez declarado no ser padre del susodicho, reclamar el reintegro de las cuotas pagadas a la madre?

¿Puede el afectado demandar por daños y perjuicios siendo que estuvo en prision a causa del engaño de la madre?

¿Es constitutivo de delito la conducta de la madre y del padre biologico?



Aunque parece pregunta de examen final, es un caso de la vida real, por lo que se los expongo estimados colegas y por favor aporten sus valiosas ideas.

De antemano gracias-

La conciencia es el piloto que nos indica si la decisión a tomar es licita o ilícita, independientemente de lo que la ley establezca.

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01 Oct 2014 05:39 #2 por juan avelar o
Respuesta de juan avelar o sobre el tema FILIACION INEFICAZ O DOBLE PARTIDA
Veamos lo que procede aca es:
IMPUGNACION DEL RECONOCIMIENTO VOLUNTARIO
Art. 156.Cf- El reconocimiento voluntario de paternidad podrá ser impugnado por el hijo, por los
ascendientes del padre y por los que tuvieren interés actual, probando que el hijo no ha podido tener por padre el reconociente. Con relación al hijo la acción es imprescriptible.

Una vez el Juez haya declarado la nulidad del reconocimiento,aunque el padre putativo no de su anuencia,se cancelara la partida extra.Y el individuo obtendra su dui

No le puede reclamar nada a la mama ya que el reconocimiento voluntario es irrevocable,si lo reconocio es por que lo consideraba su hijo.Es decir lo hizo voluntariamente, no pude decir hoy martes sos mi hijo mañana miercoles ya no NADIE lo obligo.(Por eso hay que fijarse bien en lo que se hace)
IRREVOCABILIDAD
Art. 147.- El reconocimiento de paternidad es irrevocable.

Con la situacion penal no procedia ni la persucion penal ni la sentencia,
INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DE ASISTENCIA ECONÓMICA
Art. 201.Cpn- TODA PERSONA SUJETA AL PAGO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTICIA EN VIRTUD DE
SENTENCIA DEFINITIVA EJECUTORIADA, RESOLUCIÓN DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA
REPÚBLICA, CONVENIO CELEBRADO ANTE ÉSTA O FUERA DE ELLA, QUE DELIBERADAMENTE LA
INCUMPLIERA, SERÁ SANCIONADA DE VEINTICUATRO A CUARENTA Y OCHO FINES DE SEMANA DE
ARRESTO.
SI PARA ELUDIR EL CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTICIA OCULTARE SUS BIENES,
LOS ENAJENARE, ADQUIRIERA CRÉDITOS, SIMULARE ENAJENACIONES O CRÉDITOS, SE TRASLADARE
AL EXTRANJERO O SE AUSENTARE SIN DEJAR REPRESENTANTE LEGAL O BIENES EN CANTIDADES
SUFICIENTES PARA RESPONDER AL PAGO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTICIA O REALIZARE CUALQUIER
OTRO ACTO EN FRAUDE AL DERECHO DE SUS ALIMENTARIOS, SERÁ SANCIONADO CON PRISIÓN DE
UNO A TRES AÑOS E INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA EL EJERCICIO DE LA AUTORIDAD PARENTAL
POR EL MISMO PERÍODO.
EN AMBOS CASOS LA PERSONA ENCONTRADA CULPABLE DEBERÁ CUMPLIR CON UN CURSO
DE PATERNIDAD Y MATERNIDAD RESPONSABLE, DESARROLLADO POR LA PROCURADURÍA GENERAL
DE LA REPÚBLICA O LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS O PRIVADAS QUE ÉSTA DETERMINE.
LA ACCIÓN PENAL PARA LOS CASOS DEL INCISO PRIMERO DEL PRESENTE ARTÍCULO, SÓLO
PODRÁ SER EJERCIDA UNA VEZ SE HAYAN AGOTADO LOS MECANISMOS ADMINISTRATIVOS EN MATERIA
DE DERECHO DE FAMILIA.

Al estar con nula capacidad economica era un eximente justificable, el encuadramiento de la conducta humana al tipo penal que es la tipicidad,no es adecuada si lo conderon,y ademas que mal estuvo la defensa pues el delito es excarcelable.Otro punto importante las declaraciones juradas no se pueden ocupar como prueba si nos es de obligaciones que exclusivamente conciernan al que la realiza, no de hechos que tengan que demostrarse en un proceso pues las deposiciones o confesiones solo son validas en sede judicial o autoridad competente.
Ley procesal de Familia.Producción de la prueba
Art. 53.- Todas las pruebas deben ser producidas en audiencia, salvo las excepciones legales,
bajo pena de nulidad.

Ojala te haya servido mi colaboracion,como me sirvio tu pregunta.
El siguiente usuario dijo gracias: alanbabuclassi, marvinorlandoramírez

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01 Oct 2014 09:59 #3 por Anónimo 77
Respuesta de Anónimo 77 sobre el tema FILIACION INEFICAZ O DOBLE PARTIDA
No se si yo entendí mal, pero para el caso del " padre pitativo" se aplicó la paternidad por presunción debido al matrimonio..

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01 Oct 2014 13:58 #4 por Lober
Respuesta de Lober sobre el tema FILIACION INEFICAZ O DOBLE PARTIDA
Lo que procede es que el hijo siga la IMPUGNACION DE RECONOCIMIENTO VOLUNTARIO; a efecto de que se establezca que el padre de la primera partida de nacimiento y quien tiene la presunción legal de padre(por matrimonio); no es el verdadero padre biológico (prueba de ADN)

Esta sentencia, también le sirve a su cliente para seguir el juicio de indemnización de daños y perjuicios por DOLO y FALSEDAD. Art. 268 CF. Se establece perfectamente el dolo, cuando ambas partidas fueron asentadas en el plazo legal para ello; como bien sabemos, para que se asiente una partida de nacimiento, cuando el padre no es el cónyuge, la alcaldía exige una declaración jurada de la madre; ya que sin ella no se podría asentar al infante. Luego sabiendo perfectamente que no es el padre del niño su exconyuge, le exige a éste cuota alimenticia; que en un momento dado incumple y por denuncia de la madre fue encarcelado; lo que constituye que el engaño y ardid lo continuó para conseguir su objetivo, que era el cumplimiento de una cuota alimenticia, que no le competía pagar a su cliente. Por lo que además existe daño moral. El padre biológico no se cuanto estará involucrado en el engaño; pero, si el ahora es el cónyuge o compañero de vida de la madre, puede también demandarse, pues sería ilógico que estando viviendo en la misma casa, no se de cuenta que la madre del niño recibe una cuota alimenticia del exconyuge.

El "etc..." es el alivio de los sabios y el recurso de los ignorantes."
El siguiente usuario dijo gracias: alanbabuclassi

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01 Oct 2014 15:03 #5 por emiliolex
Respuesta de emiliolex sobre el tema FILIACION INEFICAZ O DOBLE PARTIDA
Yo entiendo que no hubo reconocimiento voluntario si no que se aplicó la presunción legal de paternidad por ser el esposo de la madre, con toda propiedad considero que el supuesto padre si puede reclamar indemnización por daños y perjuicios a la madre, y para mi con que no debe firmar ninguna declaración jurada, de por si ya le hicieron daño, ahora le piden ayuda, si firma la declaración sería como aceptar el daño que le han hecho y no pudiera proceder a reclamar indemnización; además considero que una declaración jurada no surte efecto en este caso, esos delegados de los duicentros andan perdidos; ahí el muchacho que siga la impugnación de paternidad para desplazar la del supuesto padre, además esa figura de la filiación ineficaz solo es una regla, aquí lo que procede es la impugnación por parte del hijo y en consecuencia se cancela la partida de nacimiento, no seria nulidad.
El siguiente usuario dijo gracias: alanbabuclassi

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02 Oct 2014 20:56 #6 por alanbabuclassi
Respuesta de alanbabuclassi sobre el tema FILIACION INEFICAZ O DOBLE PARTIDA
Muchas Gracias colega, precisamente es lo que necesitaba, una buena Jurisprudencia aplicable al caso, pues no encontraba la forma correcta de sustentar los daños y perjuicios, unicamente habia considerado lo estipulado en el articulo 155. C.F. pero si no me equivocó esto solo aplica en los procesos de impugnacion de paternidad (para el caso seria del marido), pero como no se trata de ese proceso, pues la impugnacion es del hijo respecto al reconocimiento voluntario.
Ahora bien ¿Donde puedo encontrar la sentencia completa?

La conciencia es el piloto que nos indica si la decisión a tomar es licita o ilícita, independientemente de lo que la ley establezca.

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02 Oct 2014 23:43 #7 por juan avelar o
Respuesta de juan avelar o sobre el tema FILIACION INEFICAZ O DOBLE PARTIDA
Es que el caso es que el marido(supuesto y en efecto falso padre)NO fue por presuncion legal, reconocimiento provocado ni decelarado judicialmente que se le atribuyo la paternidad, sino que el reconocio voluntariamente al niño; asi que era obligacion los alimentos,no existe daño pues el voluntariamente acepto ser el padre y dado que se divorciaron el Juez aunque ella no hubiese pedido los hubiera impuesto.Siendo asi que el marido si bien es cierto se lo "bajaron",nada puede hacer por que como dije fue voluntario, y a esta fecha ya nadie lo puede revocar solo el hijo pues para los otros llamados a ejercer la accion ya prescribio.A mi modo de ver existiria dolo si hubiera existido engaño y este hubiera llegado a provocar el reconocimiento judicialmente o provocado.Y como dice el colega la idmenizacion operaria segun el 155 Cf. si el proceso fuera para impugnar los reconocimientos judiciales o provocados, que por culpa de la mama se le atribuyo al falso padre, y dentro de el plazo de ley ;pero igual a esta fecha ya no operaria pues dio su aceptacion voluntaria tacita hace tiempo, de donde se colige que todo acto de dar dinero era voluntario sin mediar engaño.
Qizas el delito que habria incurrido la mujer fue.
Art. 197.Cpn- La mujer que fingiere un embarazo o un parto con el propósito de obtener para sí o
para el supuesto hijo, derechos que no les corresponden, será sancionada con prisión de seis meses a
dos años

Bueno eso pienso Yo.

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