resulta que x persona dio a luz, una niña y la ley establece q uno de los deberes de padre o madre de familia tiene la obligacion de inscribir ese nacimiento dentro de los 15 dias siguientes al nacimiento pero por q x estaba tramitando rectificacion de partida de nacimiento via judicial y sus apellidos ivan a surjir cambios no inscribio el nacimiento de la niña en tiempo, ahora no puede inscribir el nacimiento por q los plantares de la niña tienen diferenes apellidos que lo q tiene la madre en su partida de nacimieto ya rectificada
juridicamente hablando que solucion podemos darle a este caso para que proceda esa incripcion de ese nacimiento
colega, esa persona tenia que haber inscrito a esa niña(o), independientemente tuviera los apellidos que tuviera y en el orden que las tuviera, luego tendría que hacer una proceso de Extensión de Cambio de Apellido, el cual si su progenitor tuvo cambio, también este alcanza a sus descendiente.
LIC. CARLOS ALBERTO FLORES VÁSQUEZ
ABOGADO Y NOTARIO
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