compañeros colegas quiero saber si cuando se va a cumplir la pena hay audiencia o solo se solicita la libertad tengo un caso que se me ha presentado y no tengo mucha experiencia en el área de ejecución de la pena y libertad asistida podrían ayudarme
Estimada colega lo primero que debe hacer es hacer el estudio respectivo del expediente, una vez usted vea como esta la situación (si se cumplen los requisitos del articulo 85 y 86 del código penal), solicita mediante un escrito al Juzgado de vigilancia correspondiente que ordene al Consejo Criminilogico respectivo remita DICTAMEN CRIMINOLOGICO de su cliente y que una vez sea recibido el mismo se SEÑALE FECHA Y HORA DE AUDIENCIA EN LA QUE SE VALORE LA CONCESION O NO DE LA LIBERTAD CONDICIONAL de conformidad al art. 85 pn..................ya el juzgado de vigilancia hara el tramite y solo se estara a la espera de la notificación!!! ESPERO LE SIRVA