PERMISO MIGRATORIO

15 Oct 2014 20:02 #1 por santa13
PERMISO MIGRATORIO Publicado por santa13
BUENAS NOCHES COLEGAS TENGO UNA DUDA ¿PUEDE IN INTERNO RECLUIDO EN EL CENTRO PENAL DE APANTEOS, OTORGAR UN PERMISO MIGRATORIO? YA QUE TENGO UNA CLIENTA QUE LE SALIERON A ELLA Y A SU HIJO LA RESIDENCIA DE LOS ESTADOS UNIDOS, Y TIENE POCOS DÍAS PARA SALIR DEL PAÍS, NECESITO DE SUS ASESORÍAS ¿SI SE PUEDE POR FAVOR PROPORCIONARME UN FORMATO?BENDICONES A TODOS

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16 Oct 2014 08:26 #2 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema PERMISO MIGRATORIO

santa13 escribió: BUENAS NOCHES COLEGAS TENGO UNA DUDA ¿PUEDE IN INTERNO RECLUIDO EN EL CENTRO PENAL DE APANTEOS, OTORGAR UN PERMISO MIGRATORIO? YA QUE TENGO UNA CLIENTA QUE LE SALIERON A ELLA Y A SU HIJO LA RESIDENCIA DE LOS ESTADOS UNIDOS, Y TIENE POCOS DÍAS PARA SALIR DEL PAÍS, NECESITO DE SUS ASESORÍAS ¿SI SE PUEDE POR FAVOR PROPORCIONARME UN FORMATO?BENDICONES A TODOS


Si ha sido condenado en delito que implica la suspensiòn de la autoridad parental NO puede otorgar documento alguno; y si ha sido condenado por otro delito SI puede porque los únicos derechos que se le suspenden son aquellos conocidos como derechos civiles: a emitir el sufragio, a ser electo.

Siendo un interno recluido y no condenado, SI puede otorgar el instrumento.

Suerte...

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16 Oct 2014 08:51 #3 por santamaria1980
Respuesta de santamaria1980 sobre el tema PERMISO MIGRATORIO
BUENOS DIAS, MI HUMILDE OPINION ES QUE SI PUEDE, TAL COMO LO DICE EL COLEGA NVRAMIREZ, Y AQUI TE MANDO UN FORMATO:

Los permisos migratorios se elaboran en Acta Notarial de acuerdo a lo dispuesto en el artìculo 44 de la LEPINA...

Aquì un formatito:

En la ciudad de San Salvador, a las ocho horas del dìa quince de junio de dos mil doce, Ante Mì, xxxxxxxx Notario, del domicilio de Mejicanos, COMPARECE: el señor xxxxxxxx, quien es de treinta y cuatro años de edad, estudiante, del domicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador, persona a quién conozco e identifico por medio de su Documento Único de Identidad número cero un millón seiscientos cincuenta y dos mil doscientos uno – cero; Y ME DICE: I. Que es padre biológico del menor xxxxxxx, quien es de diez años de edad, estudiante, del domicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador, Personería que Doy Fe, de ser suficiente por haber tenido a la vista la Certificación del Asiento de la Partida de Nacimiento del menor xxxxxxxxxx, número CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES asentada a folios CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO del LIBRO de Modificaciones numero cuatro que la Alcaldía Municipal de Mejicanos, llevó durante el año dos mil uno; de la cual consta que el referido menor nació en la ciudad de San Salvador, a las catorce horas treinta y cinco minutos del día veintinueve de octubre de dos mil uno; siendo hijo de xxxxxxxx y de xxxxxxx; y con pasaporte número A cincuenta millones cinco mil ciento treinta y cinco, emitido por la Dirección General de Migración y Extranjería de La República de El Salvador, el trece de enero de dos mil once y con fecha de expiración el trece de enero de dos mil dieciséis.- Me sigue expresando el compareciente que ejerce de forma exclusiva la Autoridad Parental de su hijo xxxxxxx, por haber fallecido la madre del mismo señora xxxxxxxxxxxxx, quien a su defunciòn era de xxxxxxxxx años de edad, empleada, del domicilio de Mejicanos, de lo cual me cerciore por haber tenido a la vista la Certificaciòn del Asiento de Partida de Defunciòn que fue extendida por xxxxxxxx, el dìa xxxxxxxxxx, siendo la partida nùmero xxxxxx, en la que consta que la señora xxxxxxxxx, fallecio a las xxxxxxxxx, del dìa xxxxxxxx, del mes de xxxxx, de dos mil trece; a consecuencia de xxxxxxxxxx; en consecuencia tal como lo establece el artìculo doscientos siete del Còdigo de Familia, ejerce exclusivamente la Autoridad Parental, sobre su menor hijo.- II. Que por medio de este instrumento AUTORIZA al su menor hijo xxxxxxx, para que pueda salir del paìs con la señora xxxxxxxxxxx, hacia el extranjero por cualquier vía ya sea esta terrestre, área o marítima y por cualquier frontera; y su posterior ingreso a su país de origen junto con el menor, en las fechas comprendidas del veintiséis de julio al ocho de agosto de dos mil doce, ambas fechas inclusive. III. Que el destino del viaje es hacia Cali, Colombia. IV.- Que la presente autorización tendrá vigencia por un periodo de UN AÑO. V.- Sirviendo el presente documento para ser mostrado a las Autoridades Migratorias en cualquier Aduana o Puesto Fronterizo. Así se expreso la compareciente a quien explique los efectos legales del presente instrumento y leído que les hube íntegramente en un solo acto ininterrumpido la presente acta notarial que consta de una sola hoja útil, ratifican y para constancia firmamos. DOY FE.


REQUISITOS PARA QUE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES PUEDAN SALIR DEL PAIS.
• Niño, niña y adolescente deberá portar su pasaporte y deberá ser acompañado por ambos padres con sus respectivos DUI o pasaportes vigentes.
• Si el niño, niña y adolescente viaja solo o es acompañado por un solo padre o por una tercera persona, el/los padres ausentes deben emitir una autorización en acta notarial ante notario autorizado de El Salvador, si están en el extranjero el acta deber ser emitida ante notario salvadoreño, embajador, cónsul o vice cónsul del consulado salvadoreño correspondiente.
• En caso de haber fallecido uno de los padres, el padre o madre que acompañe al Niño, niña y adolescente deberá presentar certificación de partida de defunción original del fallecido.
• Si uno de los padres es de paradero desconocido, deberá solicitar y portar la opinión favorable extendida por la Procuraduría General de la Republica.

REQUISITOS QUE DEBE CUMPLIR EL ACTA NOTARIAL:

• Con base al art. 44 de la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia, vigente desde el 16 de abril de 2010, para que un niño, niña y adolescente pueda salir del país con uno de los padres o terceros, deben cumplir con los siguientes requisitos:

1. El nombre, apellido, edad, profesión u domicilio y numero de documento de identidad con su fecha de vencimiento, ya sea del padre o madre que autoriza la salida del país del niño, niña y adolescente.
2. Se deberá expresar el nombre, apellido, edad, profesión u domicilio y numero de documento de identidad, de la persona con quien viajara el niño, niña y adolescente.
3. El notario deberá consignar en el acta notarial una relación de la Certificación de la Partida de Nacimiento y del pasaporte del Niño, niña y adolescente
4. Se deberá indicar en el acta notarial el destino hacia donde viaje el niño, niña y adolescente y el tiempo de permanencia; ya fuese temporal o definitiva
5.Que los borrones, enmendaduras, entrerrenglonaduras, testaduras y cualesquiera otras correcciones, tienen que haber sido anotadas y salvadas íntegramente al final del instrumento y antes de las firmas.


IMPORTANTE: Cualquier información adicional, favor solicitarla al teléfono 22137760 / 22137737 o al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

El servicio de revisión de actas notariales solamente se brinda en la oficina central de Migración y Extranjería; ubicada en 15ª. Calle Poniente y 9ª. Avenida Norte, Centro de Gobierno, San Salvador.

Documentación a presentar para autorizaciones de salida de niños, niñas y adolescentes (NNA):

* Acta notarial original.

* Pasaporte y partida de nacimiento del NNA.

* DUI o pasaporte de los padres.

* DUI o pasaporte de la persona con la que viajará el NNA.

Importante: Deben presentar los documentos relacionados en el Acta Notarial.
El siguiente usuario dijo gracias: Hernandez007, galeano2312

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16 Oct 2014 10:31 #4 por ROMERO LEIVA
Respuesta de ROMERO LEIVA sobre el tema PERMISO MIGRATORIO
Amigos excelente aporte,, y en el caso que el reo tiene que autorizar para que el menor saque el pasaporte,, como se puede hacer, si el protocolo no lo puedo ingresar al reclusorio....

Lic. ROMERO LEIVA

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16 Oct 2014 10:41 #5 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema PERMISO MIGRATORIO

ROMERO LEIVA escribió: Amigos excelente aporte,, y en el caso que el reo tiene que autorizar para que el menor saque el pasaporte,, como se puede hacer, si el protocolo no lo puedo ingresar al reclusorio....


La autorizaciòn para realizar tramites en la obtenciòn del pasaporte, puede ser en documento simple con firma legalizada o en acta notarial; para lo cual solo necesita que el privado de libertad firme a su presencia.

No es necesaria la autorizaciòn en escritura.

Suerte...
El siguiente usuario dijo gracias: ROMERO LEIVA

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16 Oct 2014 10:47 #6 por yanecita
Respuesta de yanecita sobre el tema PERMISO MIGRATORIO
gracias por ese aporte.

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16 Oct 2014 13:34 #7 por ROMERO LEIVA
Respuesta de ROMERO LEIVA sobre el tema PERMISO MIGRATORIO
En migracion me dijeron que si puede el padre auqnue este en prision dar la autorizacion en acta notarial,, como lo manda la ley LEPINA, si este no tiene DUI vigente debe ser ante dos testigos y si tiene DUI vigente no son necesarios los dos testigos, y debe de ir relacionado el centro penal como el lugar donde se levanta el acta, los pasaportes de los niños y de hai lo de los requisitos del art. 44 de la lepina y la firma del alcaide del centro,,, espero te sirva...

Lic. ROMERO LEIVA

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16 Oct 2014 15:50 #8 por poquis
Respuesta de poquis sobre el tema PERMISO MIGRATORIO
Excelente aporte

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16 Oct 2014 15:59 #9 por Lic. de Monterrosa
Respuesta de Lic. de Monterrosa sobre el tema PERMISO MIGRATORIO
BUENAS TARDES, ME PARECE MUY INTERESANTE ESTA PREGUNTA... PERO ME QUEDA LA DUDA Y TALVEZ Romero Leiva, me la aclara, porque tiene que firmar el acta notarial el alcaide del Centro Penal, o porque tengo que hacerlo comparecer en el acta?, gracias por su aclaracion.

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17 Oct 2014 07:51 #10 por santa13
Respuesta de santa13 sobre el tema PERMISO MIGRATORIO
gracias colegas por el aporte les estoy muy agradecidos tenga muchas benciones

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17 Oct 2014 20:16 #11 por ROMERO LEIVA
Respuesta de ROMERO LEIVA sobre el tema PERMISO MIGRATORIO
El alcaide no tiene que comparecer en el acta, pero si su firma y sello, para darle validez al documento porque este se ejecuta en una centro penitenciario,, y hace constar que el compareciente, esta guardando prision....

Lic. ROMERO LEIVA

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17 Oct 2014 22:33 #12 por MERY
Respuesta de MERY sobre el tema PERMISO MIGRATORIO
hola si puede otorgar el permiso pero siii ojo tomar en cuenta identificarlo con los testigos ya que no cuenta con el documento........... ahora gracias al colega que menciona lo del alcaide es nuevo para mi.

bendiciones.

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