BUENOS DIAS, MI HUMILDE OPINION ES QUE SI PUEDE, TAL COMO LO DICE EL COLEGA NVRAMIREZ, Y AQUI TE MANDO UN FORMATO:
Los permisos migratorios se elaboran en Acta Notarial de acuerdo a lo dispuesto en el artìculo 44 de la LEPINA...
Aquì un formatito:
En la ciudad de San Salvador, a las ocho horas del dìa quince de junio de dos mil doce, Ante Mì, xxxxxxxx Notario, del domicilio de Mejicanos, COMPARECE: el señor xxxxxxxx, quien es de treinta y cuatro años de edad, estudiante, del domicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador, persona a quién conozco e identifico por medio de su Documento Único de Identidad número cero un millón seiscientos cincuenta y dos mil doscientos uno – cero; Y ME DICE: I. Que es padre biológico del menor xxxxxxx, quien es de diez años de edad, estudiante, del domicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador, Personería que Doy Fe, de ser suficiente por haber tenido a la vista la Certificación del Asiento de la Partida de Nacimiento del menor xxxxxxxxxx, número CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES asentada a folios CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO del LIBRO de Modificaciones numero cuatro que la Alcaldía Municipal de Mejicanos, llevó durante el año dos mil uno; de la cual consta que el referido menor nació en la ciudad de San Salvador, a las catorce horas treinta y cinco minutos del día veintinueve de octubre de dos mil uno; siendo hijo de xxxxxxxx y de xxxxxxx; y con pasaporte número A cincuenta millones cinco mil ciento treinta y cinco, emitido por la Dirección General de Migración y Extranjería de La República de El Salvador, el trece de enero de dos mil once y con fecha de expiración el trece de enero de dos mil dieciséis.- Me sigue expresando el compareciente que ejerce de forma exclusiva la Autoridad Parental de su hijo xxxxxxx, por haber fallecido la madre del mismo señora xxxxxxxxxxxxx, quien a su defunciòn era de xxxxxxxxx años de edad, empleada, del domicilio de Mejicanos, de lo cual me cerciore por haber tenido a la vista la Certificaciòn del Asiento de Partida de Defunciòn que fue extendida por xxxxxxxx, el dìa xxxxxxxxxx, siendo la partida nùmero xxxxxx, en la que consta que la señora xxxxxxxxx, fallecio a las xxxxxxxxx, del dìa xxxxxxxx, del mes de xxxxx, de dos mil trece; a consecuencia de xxxxxxxxxx; en consecuencia tal como lo establece el artìculo doscientos siete del Còdigo de Familia, ejerce exclusivamente la Autoridad Parental, sobre su menor hijo.- II. Que por medio de este instrumento AUTORIZA al su menor hijo xxxxxxx, para que pueda salir del paìs con la señora xxxxxxxxxxx, hacia el extranjero por cualquier vía ya sea esta terrestre, área o marítima y por cualquier frontera; y su posterior ingreso a su país de origen junto con el menor, en las fechas comprendidas del veintiséis de julio al ocho de agosto de dos mil doce, ambas fechas inclusive. III. Que el destino del viaje es hacia Cali, Colombia. IV.- Que la presente autorización tendrá vigencia por un periodo de UN AÑO. V.- Sirviendo el presente documento para ser mostrado a las Autoridades Migratorias en cualquier Aduana o Puesto Fronterizo. Así se expreso la compareciente a quien explique los efectos legales del presente instrumento y leído que les hube íntegramente en un solo acto ininterrumpido la presente acta notarial que consta de una sola hoja útil, ratifican y para constancia firmamos. DOY FE.
REQUISITOS PARA QUE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES PUEDAN SALIR DEL PAIS.
• Niño, niña y adolescente deberá portar su pasaporte y deberá ser acompañado por ambos padres con sus respectivos DUI o pasaportes vigentes.
• Si el niño, niña y adolescente viaja solo o es acompañado por un solo padre o por una tercera persona, el/los padres ausentes deben emitir una autorización en acta notarial ante notario autorizado de El Salvador, si están en el extranjero el acta deber ser emitida ante notario salvadoreño, embajador, cónsul o vice cónsul del consulado salvadoreño correspondiente.
• En caso de haber fallecido uno de los padres, el padre o madre que acompañe al Niño, niña y adolescente deberá presentar certificación de partida de defunción original del fallecido.
• Si uno de los padres es de paradero desconocido, deberá solicitar y portar la opinión favorable extendida por la Procuraduría General de la Republica.
REQUISITOS QUE DEBE CUMPLIR EL ACTA NOTARIAL:
• Con base al art. 44 de la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia, vigente desde el 16 de abril de 2010, para que un niño, niña y adolescente pueda salir del país con uno de los padres o terceros, deben cumplir con los siguientes requisitos:
1. El nombre, apellido, edad, profesión u domicilio y numero de documento de identidad con su fecha de vencimiento, ya sea del padre o madre que autoriza la salida del país del niño, niña y adolescente.
2. Se deberá expresar el nombre, apellido, edad, profesión u domicilio y numero de documento de identidad, de la persona con quien viajara el niño, niña y adolescente.
3. El notario deberá consignar en el acta notarial una relación de la Certificación de la Partida de Nacimiento y del pasaporte del Niño, niña y adolescente
4. Se deberá indicar en el acta notarial el destino hacia donde viaje el niño, niña y adolescente y el tiempo de permanencia; ya fuese temporal o definitiva
5.Que los borrones, enmendaduras, entrerrenglonaduras, testaduras y cualesquiera otras correcciones, tienen que haber sido anotadas y salvadas íntegramente al final del instrumento y antes de las firmas.
IMPORTANTE: Cualquier información adicional, favor solicitarla al teléfono 22137760 / 22137737 o al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
El servicio de revisión de actas notariales solamente se brinda en la oficina central de Migración y Extranjería; ubicada en 15ª. Calle Poniente y 9ª. Avenida Norte, Centro de Gobierno, San Salvador.
Documentación a presentar para autorizaciones de salida de niños, niñas y adolescentes (NNA):
* Acta notarial original.
* Pasaporte y partida de nacimiento del NNA.
* DUI o pasaporte de los padres.
* DUI o pasaporte de la persona con la que viajará el NNA.
Importante: Deben presentar los documentos relacionados en el Acta Notarial.