Sobre derechos hereditarios

22 Oct 2014 16:59 #1 por Flordema
Sobre derechos hereditarios Publicado por Flordema
Favor orientarme este caso: que no existe testamento por parte del causante esposo Juan asi que unicamente hereda la esposa, la hija( ambas mis clientes) y la suegra sobre una casita en la que vivia el matrimonio, el temor de mis clientas es 2 posibles escenarios: a)es que si fallece la suegra de avanza edad antes de aceptar herencia podrían entrar los cuñados hermanos de juan seguir las diligencias de aceptacion de herencia y b) en el caso que ya hayan aceptado herencia y fallezca la suegra igual les preocupa que los cuñados q son un montón entren a tomar parte de la herencia (casita) q en vida acepto la suegra o madre de los cuñados o hermanos de juan?! he estado leyendo pero no encuentra la base legal precisa para las posibilidades que puedan darse antes planteadas, Gracias de antemano.

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22 Oct 2014 17:34 #2 por Salvador90
Respuesta de Salvador90 sobre el tema Sobre derechos hereditarios
El escenario esta para una tormenta perfecta, pues tu cliente tienen toda la razón.
Base legal: para el supuesto a) la base legal será art. 958 CC., que es la suegra de tu cliente muere antes de aceptar o repudiar la herencia, del hijo fallecido, los herederos de ella (la suegra), que serian los hermanos del Juan, entrarían a suceder en calidad de herederos de la madre, a la sucesión de Juan.
Para el segundo escenario b) si la suegra acepta la herencia de Juan y fallece, no deja testamento, todos los hijos que serian los hermanos de Juan, entrarían a suceder en todos los bienes que dejaría su madre, incluso en la casita, con base al art. 988 del CC.
Las posibles soluciones seria convencer a la abuela (Suegra), para que repudie la herencia de Juan, no obligarla por medios coercitivos o ilícitos, comprarle su derecho o en caso extremo…

Solicitar la aplicación del art. 81 no. 4º del Código de Familia, que tus clientes renunciando a algunos bienes (en el sentido figurado) del causante en aras de obtener la casita, pero no se si algún juez de lo civil y mercantil te lo aceptaría.
El siguiente usuario dijo gracias: Flordema

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