Buenas noches, la documentación a que hace referencia es necesaria porque son agregadas a la solicitud para comprobar que los conyuges efectivamente aparecen con sus Certificaciones de Partidas de Nacimiento marginadas, porque a pesar de que ellos presenten testimonio del matrimonio, se dan los casos en que dichos testimonios nunca se llevaron a las alcaldías correspondientes y aparecen como solteros aún. Además que son documentos que deberán de ser marginados nuevamente para consignar el divorcio.
Tuve un caso de divorcio aunque fue por la causal segunda del 106 CF. Solo estaba marginada la partida de nacimiento de la esposa no así la del esposo, y recuerdo que para hacer un divorcio el primer requisito es que se hayan casado por lo que no se puede decretar un divorcio del cual no existe registro de matrimonio, aveces no poraña fe sino por negligencia si es el notario quien se comprometido a inscribir aveces por la distancia de la alcaldía de alguno de los cónyuges o aveces por olvido de los cónyuges mismos, solo es cuestión de formalidades, desde mi perspectiva, las cuales no considero tengan afectación alguna