Una buena amiga desea divorciarse despues de haber estado 12 años separada; el padre de su menor hija que hoy tiene 13 años, no tiene ningun contacto con él, es más ni lo conoce dado que el abandono el hogar cuando tenía a penas un año. Ella pretende divorciarse y a su vez quitar la autoridad parental.
Pregunto debo tramitar el divorcio y posteriormente iniciar el proceso de perdida de autoridad parental. Realmente ella no sabe nada del esposo..cómo se fijan los alimentos porque obviamente siempre deberé mencionarlos en la demanda de divorcio...
Una guia, por favor sobre criterios que tienen los jueces de familia
Si tramita primero el divorcio, cuando se hace referencia a los alimentos y régimen de visitas, se expresa que su cliente se reserva el derecho de iniciar acción para reclamar dichos derechos a favor de sus hijos al tener conocimiento de la residencia actual del obligado.
Si tramita en un solo proceso las dos pretensiones, se deberá expresar que su cliente se reserva el derecho de peticionar alimentos cuando se tenga certeza del domicilio actual del obligado. Y sobre el régimen de visitas su cliente no se expresa; porque como más adelante lo expresará se pretende además que se declare perdida de autoridad parental.