Por su puesto que se puede, a diferencia de las compraventas que se tienen que inscribir y estas asi validan su derecho contra terceros.El acto juridico del casamientos es valido si se realizo ante funcionario autorizado;asi pues que la falta de inscripcion no lo invalida,es decior es tan valido como el inscrito.Seria sancion administrativa al obligado de inscribirlo pero su no inscripcion no produce nulidad, por lo que es perinente aun cuando no este inscrito,optar por un divorcio por mutuo consentimiento.
Depende del criterio del juez o jueza, en Santa Ana, si lo decretan pero en Santa Tecla, la jueza, sino va marginada alguna de las certificaciones de partida de nacimiento, ni tan siquiera admite la demanda o solicitud, previene que se presente en legal forma la certificación de partida de nacimiento y eso significa que la requiere con la marginación de matrimonio, y para que la marginen lo que hay que hacer es llevar la certificación de partida de matrimonio y solicitar en el Registro del Estado Familiar de la Alcaldía Municipal respectivo que la marginen, si puede colega le sugiero que no se arriesgue, que la marginen.