He consultado sentencias de la CSJ, y al ver las demandas de delitos de acción privada, todas las vistas son de demandas inadmisibles. Qué es lo que les falta a los abogados a la hora de elaborarlas.
En las mismas sentencias dice los motivos de inadmisibilidad colega.
Muchas veces el delito no aplica, ya prescribio, o simplemente no se configura el tipo, inclusive no hay ni indicio para imputar la conducta a alguien en especifico.
Pero Julio Cesar no lo vio.
El siguiente usuario dijo gracias: juan avelar o, Moncho Calderon