Estimados colegas...necesito saber si ante mis oficios notariales puedo certificar documentos otorgados a mi favor como por ejemplo un poder, agradezco de antemano sus respuestas
Efectivamente si puede hacerlo, la prohibición establecida en el artículo nueve, es para otorgar actos o contratos, y la certificación de una copia, simplemente es la verificación que realmente la copia es análoga al origina, es decir, non se está otorgando acto o contrato alguno, simplemente se da fe que la copia es perfectamente similar a su original, le cito como base de mi afirmación la pregunta número 20 de la clave 3 del examen del notariado realizado el 24 de noviembre por la tarde, que es justamente la misma que ud hace y la respuesta correcta es: que efectivamente si puede hacerlo porque esa actuación notarial no encaja en la prohibición del Art. 9, saludos
podría legalizar la firma de mi hermano, en un contrato de trabajo? Atendiendo a las respuestas anteriores, si podría, ya que solo estoy dando FE de que han firmado el documento. Gracias por sus comentarios, saludos.