Necesito de su ayuda , alguien me puede guiar con las diligencias que tengo que seguir en el siguiente caso.
Existe una propiedad de la cual mi cliente quiere reclamar como herencia por ser hija de la fallecida; de la cual no existe testamento alguno, previo acuerdo de los llamados a suceder , que son 4 hermanos de mi cliente que estan en los EEUU, Y 2 hermanos que se encuentran en este pais, y el esposo de la fallecida que tiene 95 anos y ya no esta apto de sus capacidades mentales, cabe mencionar que la propiedad solamente en un 50% era duena la fallecida y el otro 50% es dueno el esposo de 95 anos de edad .
Entonces me pueden brindar sus opiniones del proceso que debo seguir o puedo seguir.
Bueno para comenzar los que están aya en EU. sino están interesados en la herencia, deben renunciar a ella, o realizar una sesión de derecho hereditario a favor de su cliente, y si van aceptar herencia también, deben realizar un poder alla en EU, ya sean ante notario salvadoreño o acudir ante el Consulado de nuestro país, el que les quede mas próximo, y luego los que están acá también deben extenderle un poder a su favor, o en su caso la renuncia de la herencia, de uno de ellos, y solo su cliente,,,y con toda la documentación en mano, incluyendo Partida de defunción y de nacimiento de la causante, partidas de nacimiento de todos los que van aceptar herencia, y ya luego puedes comenzar el proceso,,aah y bueno decidir porque vía los llevara si por la via notarial que es un poco mas rápido, o por la via judicial, que muchas veces puede pasar mucho tiempo para que camine el proceso, ahí dependiendo, de la decisión de sus clientes, o clienta, porque vía notarial tendrá que gastar en mandar hacer publicaciones en dos diarios de mayor circularcion, y luego otra publicación que es la ultima donde se les declare herederos definitivos en su caso, o vía judicial que incurrirá ud en menos gastos, pero mas tardadito. esta es mi opinión, ojala te sirva. ( Ojo si a sabiendas que hay herederos y no los tomas en cuenta porque asi lo quiere tu clienta, corres el riezgo que cuando se den cuenta si el proceso no ha finalizado se suspenda el proceso y haya litigio, y con esos instrumentos de renuncia o sesiond de derehco hereditario ud se cubre las espaldas de cualquier reclamo.))
noelle escribió: Bueno para comenzar los que están aya en EU. sino están interesados en la herencia, deben renunciar a ella, o realizar una sesión de derecho hereditario a favor de su cliente, y si van aceptar herencia también, deben realizar un poder alla en EU, ya sean ante notario salvadoreño o acudir ante el Consulado de nuestro país, el que les quede mas próximo, y luego los que están acá también deben extenderle un poder a su favor, o en su caso la renuncia de la herencia, de uno de ellos, y solo su cliente,,,y con toda la documentación en mano, incluyendo Partida de defunción y de nacimiento de la causante, partidas de nacimiento de todos los que van aceptar herencia, y ya luego puedes comenzar el proceso,,aah y bueno decidir porque vía los llevara si por la via notarial que es un poco mas rápido, o por la via judicial, que muchas veces puede pasar mucho tiempo para que camine el proceso, ahí dependiendo, de la decisión de sus clientes, o clienta, porque vía notarial tendrá que gastar en mandar hacer publicaciones en dos diarios de mayor circularcion, y luego otra publicación que es la ultima donde se les declare herederos definitivos en su caso, o vía judicial que incurrirá ud en menos gastos, pero mas tardadito. esta es mi opinión, ojala te sirva. ( Ojo si a sabiendas que hay herederos y no los tomas en cuenta porque asi lo quiere tu clienta, corres el riezgo que cuando se den cuenta si el proceso no ha finalizado se suspenda el proceso y haya litigio, y con esos instrumentos de renuncia o sesiond de derehco hereditario ud se cubre las espaldas de cualquier reclamo.))
Excelente agradezco infinitamente su orientacion , bendiciones!!!