Colegas necesito de su ayuda, necesito saber cuando en las diligencias de rectificación de partida de matrimonio se le da traslado al sindico municipal, en que consiste ese traslado y si se le presentan documentos originales,o copias simples, certificadas o como se debe hacer.- Gracias
colegas quiero solicitar una asesoría de los especialistas en el area mercantil es el caso de una persona que murio y ahora la casa aseguradora no quiere pagar los seguros y el banco quiere que los herederos paguen la deuda.-
Se le da audiencia al sindico Municipal. Presenta las diligencias de Rectificación al sindico, (En San Salvador es en la sub gerencia legal y debe de llevar original y copia) el sindico le dará la una resolución que dice que no se opone a la rectificación, sino tiene ninguna observacion que hacerle, y ademas le anexara copia de la credencial que lo acredita a él como sindico. cuando ya tiene eso ya puede hacer el acta final y posteriormente protocolizarla.
Colega dependiendo el motivo por el cual la aseguradora no quiere pagar, le podría darla respuesta. Pero generalmente las aseguradoras aducen que el contrato de seguro fue adquirido por otra aseguradora, entonces como si firmo con otra aseguradora, el contrato no tiene validez. en ese caso reúnase con ellos y explíqueles que al comprar el contrato o portafolio de contratos de seguros, que al adquirirlo también adquirieron las obligaciones pactadas entre la antigua casa aseguradora y el cliente, por tanto es su obligación pagar.
Seria bueno que reformulara la pregunta.