Poder Especial Para tener Efectos Fuera del pais

25 Nov 2014 09:43 #1 por Lic. Martínez
saludos Colegas!
necesito un formato de poder para que tenga efecto en estados unidos. esto es posible por medio de apostilla ya que somos un pais firmante del convenio de la Haya, favor alguien que ha realizado este proceso y tenga un modelo de Poder Especial favor aportarlo.

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25 Nov 2014 09:59 #2 por juan avelar o
Respuesta de juan avelar o sobre el tema Poder Especial Para tener Efectos Fuera del pais
No se si me equivoque pero no podria ser valido un poder otorgada aca a menos que sea por Notario autorizado del Estado en que se utilizara el Poder o solicitar el servicio en la Embajada aca dejo una informacion al respecto.


Ciudadanos de los Estados Unidos, de El Salvador y de otros países que necesiten notarizar un documento que va a tener efectividad en los Estados Unidos pueden venir a la sección servicios a ciudadanos americanos, entre 8:15 a 11:30 de la mañana de lunes a viernes, con excepción de los días feriados Americanos y Salvadoreños y el primer viernes de cada mes. Para servicios de Notarización no es necesario hacer cita, atendemos por orden de llegada.

El costo por notarización de firma de oficial consular es de $50.00 dólares (USD 50.00) por cada notarización.

En casos especiales y muy limitadamente, el personal de esta sección podría ayudar al solicitante en cómo se deben escribir los poderes para actos comunes y simples que se necesiten realizar a través de terceras personas en los Estados Unidos. El costo por la notarización de un poder es de $50 dólares (USD 50).

Los oficiales consulares de esta Embajada no tienen la autoridad para autenticar documentos públicos americanos o salvadoreños como partidas de nacimiento, matrimonio, de divorcio, de defunción, sentencias de tribunales o cortes, y notas escolares.

Sin embargo, los Estados Unidos y El Salvador son países firmantes de la Convención de La Haya Sobre la Eliminación del Requisito de Legalización de Documentos Públicos Extranjeros. Esta convención establece un procedimiento rápido y eficiente para la auténtica de documentos públicos que necesitan presentarse en otro país firmante de la convención. Para esto los países firmantes han designado a funcionarios específicos que en cada país tienen la función de autenticar los documentos públicos. A esta auténtica se le llama APOSTILLA. En El Salvador, el Ministerio de Relaciones Exteriores coloca la apostilla a los documentos públicos salvadoreños que van a ser utilizados en el exterior.

La sección del Ministerio de Relaciones Exteriores que brinda este servicio es la Sección de Auténticas y Apostillado, la cual está situada en oficinas del Plan Maestro, Centro de Gobierno, 17 Avenida Norte, Edificio 4, 1er piso, San Salvador, teléfono 2222-4447, 2231-1339.

En los Estados Unidos, cada estado ha designado a un funcionario para colocar la apostilla, generalmente lo hace la oficina del Secretario de Estado o del Gobernador de cada estado.

La sección servicios a ciudadanos americanos puede proporcionarle la dirección de la oficina del funcionario designado en los diferentes estados. Para ello puede visitarnos, comunicarse con esta sección o puede buscar en Internet el sitio oficial del estado que emitió el documento que se quiere apostillar y después busque poniendo la palabra “authentication” o “apostille”
El siguiente usuario dijo gracias: furio14

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25 Nov 2014 10:12 #3 por Lic. Martínez
Respuesta de Lic. Martínez sobre el tema Poder Especial Para tener Efectos Fuera del pais
Gracias Colega!!!!
yo tengo la certeza de que un poder salvadoreño puede tener efectos en USA, si es autenticado por la CSJ y si va apostillado por Relaciones Exteriores, sin embargo lo que necesito es un modelo de esos poderes que se envían. Si tiene alguno regáleme el formato. Gracias.

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25 Nov 2014 10:28 #4 por juan avelar o
Respuesta de juan avelar o sobre el tema Poder Especial Para tener Efectos Fuera del pais
Tiene TODA la razon se pueden utilizar.
PROTOCOLO SOBRE UNIFORMIDAD DEL RÉGIMEN LEGAL DE LOS PODERES
ARTICULO V
En cada uno de los países que componen la Unión Panamericana serán válidos legalmente los poderes otorgados en cualquier otro de ellos que se ajusten a las reglas formuladas en este Protocolo, siempre que estuvieren además legalizados de conformidad con las reglas especiales sobre legalización.

Creo que si se lee el Protocolo segun las clausula o si es Poder especial lo podra confeccionar adecuadamente.A lo mejor un colega nos proporciona alguno.

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