NECESITO QUE ENTREGUEN HERENCIA A MI PADRE Y HERMA

26 Nov 2014 17:06 #1 por KARLA DE RUBIO
Mi madre murio hace 2 años sin dejar testamento, necesito poder pedir lo que corresponde a mi padre, hnas y abuela, alguien tiene modelos de escritos para los Tribunales.-

ZONA DE CONFORT...JUSTIFICACION PERFECTA PARA NO HACER, NO CRECER, NO ARRIESGARSE Y NO VIVIR....

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27 Nov 2014 08:27 - 27 Nov 2014 08:33 #2 por juan avelar o
Respuesta de juan avelar o sobre el tema NECESITO QUE ENTREGUEN HERENCIA A MI PADRE Y HERMA
Lo que seguiría ya que no dejo testamento el causante serian . seguir diligenciuas de aceptacion de herencia intestestada.Si todos los llamados a heredar como son: hermanos, padres, abuelos, etc los que menciona y algunos otros que podrian aparecer,si se ponen de acuerdo la podrian seguir via notarial de lo contrario si existe desacuerdo solo podria hacerse via judicial

Aca estan las diligencias(modelo del foro)

En la ciudad de San Salvador, a las ocho horas, del día dos de julio del año dos mil once. Ante mí, , notario, de este domicilio, comparece la señora OLGA ALICIA VILLEGAS REYES, de cuarenta y nueve años de edad, Contador, del domicilio de San Marcos, departamento de San Salvador, persona a quien por medio de este acto conozco e identifico por medio de su Documento Único de Identidad número cero tres dos seis cero cinco cuatro dos-cero y Número de Identificación Tributaria uno uno dos cero-cero uno cero ocho seis uno-cero cero dos-siete, Y ME DICE: I) Que el día diez de mayo de mil novecientos ochenta y dos, a las ocho horas y treinta minutos, en el Barrio El Calvario, de la ciudad de Santa Elena, departamento de Usulután, siendo su último domicilio, falleció su madre señora BLANCA OFELIA VILLEGAS. II) Que en su calidad de heredera intestada de la señora BLANCA OFELIA VILLEGAS y deseando seguir el procedimiento notarial para que se tenga por aceptada de parte de la señora antes relacionada la herencia dejada por la expresada causante, de conformidad a los artículos dos, tres, dieciocho, veinte y veintiuno de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, por medio de este instrumento y en el carácter antes expresado, SOLICITA: a) Se le tenga por parte en el carácter en que comparece; b) Se tenga de su parte por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada dejada a su defunción por la señora BLANCA OFELIA VILLEGAS, acaecida en el Barrio El Calvario de la ciudad de Santa Elena, departamento de Usulután, siendo su último domicilio, el día diez de mayo de mil novecientos ochenta y dos, a las ocho horas y treinta minutos, en su calidad de heredera intestada, se le confiera la administración y representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente; se libren y publiquen los edictos de ley, y se le extienda certificación de la respectiva resolución de aceptación de herencia; III) Que para comprobar la calidad de heredera intestada me presenta la siguiente documentación: 1) Certificación de la partida de defunción de la señora Blanca Ofelia Villegas, en la que consta que falleció en el Barrio El Calvario, de la ciudad de Santa Elena, departamento de Usulután, siendo su último domicilio, el día diez de mayo de mil novecientos ochenta y dos, a las ocho horas y treinta minutos, partida asentada al número Ochenta, página Veinticuatro del Tomo Uno del Libro de partidas de defunción, que la Alcaldía Municipal de Santa Elena, departamento de Usulután llevó durante el año de mil novecientos ochenta y dos. 2) Copia certificada de la partida de nacimiento de la señora Olga Alicia Villegas Reyes, en la que consta que nació el día primero de agosto de mil novecientos sesenta y uno, en el Cantón San Francisco, de la ciudad de Santa María, departamento de Usulután, siendo hija de Manuel de Jesús Reyes Yanes y de la señora Blanca Ofelia Villegas , partida asentada al número Doscientos Tres, folios ciento cincuenta y nueve y ciento sesenta, del libro de partidas de nacimiento subsidiario que la Alcaldía Municipal de la ciudad de Santa María, departamento de Usulután, llevó durante el año de dos mil tres. IV) La suscrita notario admite la solicitud y previo a resolver, dese y pídase el informe ordenado por los artículos diecinueve y veinte de la ley de la materia. Así se expresó la compareciente, a quien expliqué los efectos legales de la presente acta notarial. Y leída que se la hube íntegramente la presente acta notarial que consta de una hoja, en un solo acto sin interrupción, ratifica su contenido por estar redactada conforme a su voluntad y firmamos. DOY FE.




En la ciudad de San Salvador, a las diez horas del día dos de julio del año dos mil once. Ante mí, notario, de este domicilio, comparece el señor MANUEL EFRAIN VILLEGAS REYES , de cincuenta y siete años de edad, Jornalero, del domicilio de Santa María, departamento de Usulután, persona a quien por medio de este acto conozco e identifico por medio de su Documento Unico de Identidad número cero cero nueve seis siete cuatro cinco seis-tres, con Número de Identificación Tributaria número uno uno dos cero-dos cinco cero tres cinco cuatro-uno cero uno-cero, Y ME DICE: Que es hijo de la señora BLANCA OFELIA VILLEGAS, quien falleció en el Barrio El Calvario, de la ciudad de Santa Elena, departamento de Usulután, siendo su último domicilio, a las ocho horas y treinta minutos, del diez de mayo de mil novecientos ochenta y dos, tal como lo comprueba con su partida de nacimiento, y por este medio comparece ante mis oficios notariales a fin de REPUDIAR LA HERENCIA que le correspondía en la sucesión de su madre la señora BLANCA OFELIA VILLEGAS. Agrego a estas diligencias la certificación de la Partida de Nacimiento del compareciente señor Manuel Efraín Villegas Reyes, inscrita al número Ciento Veintiséis, del folio Cincuenta y Dos Vuelto del Tomo Cinco del Libro de Partidas de nacimiento que la Alcaldía Municipal de de Santa María, departamento de Usulután, llevó durante el año de de mil novecientos noventa y cuatro, asentada conforme al Decreto doscientos cinco, en la que aparece que el compareciente nació en el Cantón San Francisco, departamento de Usulután, a las quince horas, el día veinticinco de marzo de mil novecientos cincuenta y cuatro, siendo hijo de los señores Blanca Ofelia Villegas y Manuel De Jesús Reyes. No habiendo nada más que hacer constar damos por terminada la presente acta notarial que consta de una hoja y leída que se la hube al compareciente en un solo acto ininterrumpido, la ratifica y firmamos. DOY FE.
En la ciudad de San Salvador, a las diez horas y treinta minutos del día dos de julio del año dos mil once. Ante mí, , notario, de este domicilio, comparece el señor OSCAR ORLANDO VILLEGAS conocido tributariamente por OSCAR ORLANDO VILLEGAS REYES , de cuarenta y nueve años de edad, Jornalero, del domicilio de Santa María, departamento de Usulután, persona a quien por medio de este acto conozco e identifico por medio de su Documento Unico de Identidad número cero cuatro ocho dos uno siete siete tres-cero, con Número de Identificación Tributaria número uno uno dos cero-cero uno cero ocho seis uno-cero cero uno-cinco, Y ME DICE: Que es hijo de la señora BLANCA OFELIA VILLEGAS, quien falleció en el Barrio El Calvario, de la ciudad de Santa Elena, departamento de Usulután, siendo su último domicilio, a las ocho horas y treinta minutos, del diez de mayo de mil novecientos ochenta y dos, tal como lo comprueba con su partida de nacimiento, y por este medio comparece ante mis oficios notariales a fin de REPUDIAR LA HERENCIA que le correspondía en la sucesión de su madre la señora BLANCA OFELIA VILLEGAS. Agrego a estas diligencias la certificación de la Partida de Nacimiento del compareciente señor Oscar Orlando Villegas, inscrita al número Nueve, página Nueve del Tomo Doce del libro de Partidas de Reposiciones número TREINTA que la Alcaldía Municipal de Santa María, departamento de Usulután, lleva en el año dos mil once, según el Artículo Cincuenta y Siete de la Ley Transitoria del Registro del Estado Familiar, en la que aparece que el compareciente nació en Santa María, departamento de Usulután, el día primero de agosto de mil novecientos sesenta y uno, siendo hijo de la señora Blanca Ofelia Villegas . No habiendo nada más que hacer constar damos por terminada la presente acta notarial que consta de una hoja y leída que se la hube al compareciente en un solo acto ininterrumpido, la ratifica y firmamos. DOY FE.
San Salvador, 4 de Julio 2011

OFICIO # 1
SEÑORA
SECRETARIA DE LA HONORABLE
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
De conformidad con el Art.20 de la LEY DEL EJERCICIO NOTARIAL DE LA JURISDICCIÓN VOLUNTARIA Y DE OTRAS DILIGENCIAS, me permito informar a la Honorable Corte Suprema de Justicia, que ante mis oficios notariales se han iniciado las diligencias de aceptación de herencia del causante:
A. Nombre del causante: BLANCA OFELIA VILLEGAS
B. Último domicilio: SANTA ELENA, DEPTO. DE USULUTÁN
C. Fecha de fallecimiento: 10 DE MAYO DE 1982
D. Clase de sucesión: INTESTADA
E. Edad al fallecimiento: 62 AÑOS
F. Profesión: OFICIOS DOMÉSTICOS
G. Estado Civil: SOLTERA
H. Nombre del cónyuge:
I. Nombre del padre:
J. Nombre de la madre: ANA JULIA VILLEGAS
K. Nacionalidad: SALVADOREÑA
L. Aceptante: OLGA ALICIA VILLEGAS REYES
(EN CALIDAD DE HIJA DE LA CAUSANTE)
M. Origen: SANTA ELENA, DEPTO. DE USULUTÁN
N. Fecha de Iniciación del
Trámite: 27 DE JUNIO DE 2011
O. Dirección y Teléfono de
Oficina Notarial:


Lo que permito hacer del conocimiento de ese Tribunal para los efectos consiguientes.


NOTARIO.















San Salvador, 4 de Julio de 2011
OFICIO # 2

SEÑORA
SECRETARIA DE LA HONORABLE
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
PRESENTE
De conformidad con el Art.19 de la LEY DEL EJERCICIO NOTARIAL DE LA JURISDICCIÓN VOLUNTARIA Y DE OTRAS DILIGENCIAS, atentamente pido a usted me informe si ya se han promovido diligencias de aceptación de herencia o de su declaratoria de yacencia en la sucesión del siguiente causante:
A. Nombre del causante: BLANCA OFELIA VILLEGAS
B. Último domicilio: SANTA ELENA, DEPTO. DE USULUTÁN
C. Fecha de fallecimiento: 10 DE MAYO DE 1982
D. Clase de sucesión: INTESTADA
E. Edad al fallecimiento: 62 AÑOS
F. Profesión: OFICIOS DOMÉSTICOS
G. Estado Civil: SOLTERA
H. Nombre del cónyuge:
I. Nombre del padre:
J. Nombre de la madre: ANA JULIA VILLEGAS
K. Nacionalidad: SALVADOREÑA
L. Aceptante: OLGA ALICIA VILLEGAS REYES
(EN CALIDAD DE HIJA DE LA CAUSANTE)
M. Origen: SANTA ELENA, DEPTO. DE USULUTÁN
N. Fecha de Iniciación del
Trámite: 27 DE JUNIO DE 2011
O. Dirección y Teléfono de
Oficina Notarial

Asimismo informar si existe Testamento otorgado por el causante.


NOTARIO.






























OFICINA DE NOTARIADO DE LA LICENCIADA: San Salvador, a las ocho horas del día veinticinco de marzo del año dos mil once.
Por recibido el oficio número UN MIL SEISCIENTOS NUEVE conteniendo el informe del señor Oficial Mayor de la Corte Suprema de Justicia.
Tienese por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de la señora María Juana Martínez de Burgos, la herencia testamentaria que a su defunción ocurrida en esta ciudad, siendo su último domicilio, el día veintiocho de febrero del año dos mil once, a las dieciocho horas y cuarenta minutos, dejo el señor JOSÉ ABEL BURGOS AGUILAR conocido por MANUEL BURGOS AGUILAR y por JOSÉ ABEL BURGOS, en concepto de heredera testamentaria del causante.
Confiérasele a la aceptante la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yaciente.
Fíjense y publíquense los edictos de ley y extiéndase a la interesada la certificación correspondiente.







, de esta ciudad, HACE SABER: Que por resolución de la suscrita notario proveída a las ocho horas del día veinticinco de marzo del año dos mil once, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia testamentaria que a su defunción ocurrida en esta ciudad, siendo su último domicilio, el día veintiocho de febrero del año dos mil once, a las dieciocho horas y cuarenta minutos, dejo el señor JOSÉ ABEL BURGOS AGUILAR conocido por MANUEL BURGOS AGUILAR y por JOSÉ ABEL BURGOS, de parte de la señora María Juana Martínez de Burgos, en su carácter de heredera testamentaria del causante, habiéndosele conferido la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que avisa al público para los efectos de ley.
Librado en las oficinas de la Notario San Salvador, a las quince horas del día veinticinco de marzo del año dos mil once.

NOTARIO.









En la ciudad de San Salvador, a las doce horas del día once de marzo del año dos mil seis. Ante mí, , notario, de este domicilio, comparece el señor GREGORIO OMAR PINEDA RODRIGUEZ, de treinta y tres años de edad, Empleado, de este domicilio, persona a quien por medio de este acto conozco e identifico por medio de su Documento Unico de Identidad número cero cero cuatro siete cuatro ocho cuatro dos-dos, Y ME DICE: Que es hijo del señor Gregorio Pineda Orellana, quien falleció en esta ciudad, siendo su último domicilio Apopa, a las dieciocho horas del día veintiocho de septiembre de mil novecientos ochenta y siete, tal como lo comprueba con su partida de nacimiento, y por este medio comparece ante mis oficios notariales a fin de REPUDIAR LA HERENCIA que le correspondía en la sucesión de su padre el señor Gregorio Orellana conocido por Gregorio Pineda Orellana. Agrego a estas diligencias la certificación de la Partida de Nacimiento del compareciente señor Gregorio Omar Pineda Rodríguez, inscrita al número doscientos sesenta y ocho, folio doscientos setenta del libro cuatro B de partidas de nacimiento que la Alcaldía Municipal de esta ciudad llevó durante el año de mil novecientos setenta y tres, en la que aparece que el compareciente nació el día quince de febrero de mil novecientos setenta y tres, siendo hijo de los señores María Teresa Rodríguez y Gregorio Pineda Orellana. No habiendo nada más que hacer constar damos por terminada la presente acta notarial que consta de una hoja y leída que se la hube al compareciente en un solo acto ininterrumpido, la ratifica y firmamos. DOY FE.










En la ciudad de San Salvador, a las ocho horas del día veintisiete de abril del año dos mil once. Ante mí, notario, de este domicilio, comparece la señora MARIA JUANA MARTÍNEZ DE BURGOS, de generales conocidas y ME DICE: Que tal como lo comprueba con los ejemplares del Diario El Mundo de fechas veintinueve, treinta y treinta y uno de marzo del corriente año, del Diario Mas de fechas treinta y uno de marzo, uno y dos de abril del corriente año, y Diario Oficial de fecha treinta de marzo del corriente año, los cuales me presenta en original para ser agregados en las presentes diligencias, se ha publicado en legal forma el edicto librado por la suscrita notaria, y que habiendo transcurrido más de quince días desde la última publicación, PIDE: I) Se agreguen los ejemplares mencionados. II) Se declare a la compareciente heredera testamentaria definitiva de la sucesión que a su defunción acaecida en esta ciudad, siendo su último, a las dieciocho horas y cuarenta minutos, del día veintiocho de febrero del año dos mil once, dejó el señor JOSE ABEL BURGOS AGUILAR conocido por MANUEL BURGOS AGUILAR y por JOSE ABEL BURGOS. III) Se publique el aviso de ley y se extienda certificación de la resolución que se pronuncie. Así se expresó la compareciente en el carácter en que comparece, y yo la notaria DOY FE: A) De haberle explicado los efectos legales de esta acta notarial que consta de una hoja. B) De haber tenido a la vista los ejemplares de los diarios antes mencionados, los cuales agregaré a estas diligencias. Y leído que le hube íntegramente en un solo acto ininterrumpido a la compareciente todo lo escrito, ratifica su contenido por estar redactado conforme su voluntad y firmamos. DOY FE.








En la ciudad de San Salvador, a las diez horas del día veintisiete de abril del año dos mil once. Ante mí y por mí, CARMEN ANTONIA PAREDES LAO, notario, de este domicilio, procedo a dictar resolución final en las presentes diligencias de aceptación de herencia testamentaria que a su defunción acaecida en esta ciudad, siendo su último domicilio, a las dieciocho horas y cuarenta minutos, del día veintiocho de febrero del año dos mil once, dejó el señor JOSE ABEL BURGOS AGUILAR conocido por MANUEL BURGOS AGUILAR y por JOSE ABEL BURGOS. Agréguense en autos los ejemplares de los Diarios Oficial, El Mundo y Mas que se presentan; habiendo transcurrido más de quince días desde la última publicación del cartel respectivo sin que persona alguna se haya presentado alegando mejor derecho o presentando oposición, con base en la prueba instrumental vertida en las presentes diligencias y en los Arts. 1162 C. y Arts. 2,4,5,19 y 35 de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, declarase a la señora MARIA JUANA MARTÍNEZ DE BURGOS, en su carácter de heredera definitiva con beneficio de inventario de la sucesión testamentaria que a su defunción acaecida en esta ciudad, siendo su último domicilio, a las dieciocho horas y cuarenta minutos, del día veintiocho de febrero del año dos mil once, dejó el señor JOSE ABEL BURGOS AGUILAR conocido por MANUEL BURGOS AGUILAR y por JOSE ABEL BURGOS; en consecuencia confiérasele la administración y representación definitiva de la sucesión antes mencionada; dese el aviso que ordena la ley en el Diario Oficial y en uno de los Diarios de Circulación Nacional. Protocolícese la presente resolución y comprobado que sea el pago del aviso indicado, expídase a la interesada testimonio de la Escritura Pública de Protocolización de esta, para los efectos legales correspondientes. Y leído que le hube íntegramente en un solo acto la presente acta que consta en una hoja, la ratifico y firmo. DOY FE.






















, Notaria, de este domicilio, con oficinas establecidas de esta ciudad, HACE SABER: Que por resolución de la suscrita notaria proveída a las diez horas del día veintisiete de abril del año dos mil once, se ha declarado Heredera Testamentaria Definitiva con Beneficio de Inventario a la señora MARIA JUANA MARTÍNEZ DE BURGOS en la herencia testamentaria que a su defunción ocurrida en esta ciudad, siendo su último domicilio, a las dieciocho horas y cuarenta minutos, del día veintiocho de febrero del año dos mil once, dejó el señor JOSÉ ABEL BURGOS AGUILAR conocido por MANUEL BURGOS AGUILAR y por JOSE ABEL BURGOS, en su carácter de heredera testamentaria del causante, confiriéndole a la señora MARIA JUANA MARTÍNEZ DE BURGOS, la Administración y Representación Definitiva de la Sucesión.
Lo que se avisa al público para los efectos de ley.
Librado en las oficinas de la Notaria, a las once horas del día veintisiete de abril del año dos mil once.

NOTARIO.















NUMERO……… LIBRO TREINTA Y CINCO. En la ciudad de San Salvador, a las…….horas del día…….de mayo del año dos mil once. Ante mí y por mí, notaria, de este domicilio, en cumplimiento de lo preceptuado en la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, incorporo a mi protocolo la resolución final pronunciada en las diligencias de aceptación de la herencia testamentaria que a su defunción acaecida en esta ciudad, siendo su último domicilio, a las dieciocho horas y cuarenta minutos, del día veintiocho de febrero del año dos mil once, dejó el señor JOSE ABEL BURGOS AGUILAR conocido por MANUEL BURGOS AGUILAR y por JOSE ABEL BURGOS, la cual literalmente DICE:””””En la ciudad de San Salvador, a las diez horas del día veintisiete de abril del año dos mil once. Ante mí y por mí, CARMEN ANTONIA PAREDES LAZO, notario, de este domicilio, procedo a dictar resolución final en las presentes diligencias de aceptación de herencia testamentaria que a su defunción acaecida en esta ciudad, siendo su último domicilio, a las dieciocho horas y cuarenta minutos, del día veintiocho de febrero del año dos mil once, dejó el señor JOSE ABEL BURGOS AGUILAR conocido por MANUEL BURGOS AGUILAR y por JOSE ABEL BURGOS. Agréguense en autos los ejemplares de los Diarios Oficial, El Mundo y Mas que se presentan; habiendo transcurrido más de quince días desde la última publicación del cartel respectivo sin que persona alguna se haya presentado alegando mejor derecho o presentando oposición, con base en la prueba instrumental vertida en las presentes diligencias y en los Arts. 1162 C. y Arts. 2,4,5,19 y 35 de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, declarase a la señora MARIA JUANA MARTÍNEZ DE BURGOS, en su carácter de heredera definitiva con beneficio de inventario de la sucesión testamentaria que a su defunción acaecida en esta ciudad, siendo su último domicilio, a las dieciocho horas y cuarenta minutos, del día veintiocho de febrero del año dos mil once, dejó el señor JOSE ABEL BURGOS AGUILAR conocido por MANUEL BURGOS AGUILAR y por JOSE ABEL BURGOS; en consecuencia confiérasele la administración y representación definitiva de la sucesión antes mencionada; dese el aviso que ordena la ley en el Diario Oficial y en uno de los Diarios de Circulación Nacional. Protocolícese la presente resolución y comprobado que sea el pago del aviso indicado, expídase a la interesada testimonio de la Escritura Pública de Protocolización de esta, para los efectos legales correspondientes. Y leído que le hube íntegramente en un solo acto la presente acta que consta en una hoja, la ratifico y firmo. DOY FE. ””””” al pie de la página hay una firma que se lee “C Paredes”. Hay un sello circular que en el centro se lee Notario y en el borde superior dice Carmen Antonia Paredes Lazo y en la parte inferior República de El Salvador. La suscrita notario HACE CONSTAR: Que se ha trascrito íntegramente el documento relacionado y es conforme con su original, el cual se agregará en el legajo de anexos del presente libro de protocolo. Así me expreso, leo íntegramente en un solo acto, ratifico su contenido y firmo. DOY FE.
El siguiente usuario dijo gracias: KARLA DE RUBIO

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28 Nov 2014 13:47 #3 por KARLA DE RUBIO
Respuesta de KARLA DE RUBIO sobre el tema NECESITO QUE ENTREGUEN HERENCIA A MI PADRE Y HERMA
lo que pasa es mi hermana menor tiene 15 y necesito el modelo de las diligencia via judicial colega.-

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