Al crear un asocio segun la lacap y relacap, es verdad que el capital de ambas empresas que se asocian se divide entre 2......no deberia al contrario sumarse...cual es la base legal de esto......
ZONA DE CONFORT...JUSTIFICACION PERFECTA PARA NO HACER, NO CRECER, NO ARRIESGARSE Y NO VIVIR....
En LACAP o RELACAP no se establece nada al respecto, creo que eso ha de haberse regulado por medio de alguna Base de Licitación o Competencia en la cual participó el Asocio.
Con un poco mas de detalle de información, podríamos brindarte mayor ayuda.
---
¿Asesorías y Capacitaciones en LACAP?, ponte en contacto para poder brindarte una solución a tu problema, toda nuestra experiencia a tu servicio.
Blog:
www.elsalvadorlicita.blogspot.com
Facebook: Licitaciones SV
tweeter: Licitaciones_SV