En un reconocimiento de hijo que estoy a punto de hacer, el nombre de la madre es Liseth segun el DUI y en la partida del niño el primer nombre aparece como Lisseth, debo hacer el reconocimiento con el nombre de la mamá segun DUI o segun la certificacion de partida de nacimiento del menor?
Gracias de antemano.
Las cosas mas triviales se vuelven fundamentales...eliminando los moldes del azar.
A mi modo de ver como el motivo principal del acto es el reconocimiento del menor lo que es mas relevante son identificar al menor y al padre que reconoce; quien dio los datos me imagino que fue la madre y siendo que es el DUI el documento que sirve de identificacion ,no la partiada de el menor ya que su pudieron haber equivocado al asentarlo; y tomando en cuenta que se cancelara la partida y se inscribira una nueva, la que se hara conforme a la escritura no a la partida.Consigne el nombre tal como aparece en el DUI.
RECONOCIMIENTO VOLUNTARIO DE PATERNIDAD POSTERIOR A INSCRIPCION DE PARTIDA.Ley del Nombre de la persona natural.
Art. 18.- Cuando la paternidad fuere reconocida voluntariamente, por acto posterior a la inscripción
del nacimiento del hijo, el funcionario encargado de la oficina del Registro Civil deberá cancelar la partida
de nacimiento y asentar una nueva, en la que se consignarán los apellidos del inscrito de conformidad a
lo que dispone el artículo 14.
Última Edición: 07 Dic 2014 22:36 por juan avelar o.