Buenas Tardes compañeros, queria saber si en una compareventa por segregacion simple hay que hacer mencion mencion a cuanto queda reducida el inmueble general o el resto del inmueble segregado luego de la segregación. De ante mano Gracias.
al area del inmueble general restele el area que esta segregando y ponga el resultado en la escritura haciendo constar que despues de esta segregacion el inmueble general queda reducido a..............
Ok el problema es que me dispongo a elaborar una compraventa por segregación pero no se si en el registro me pueden observa la escritura si no hago mención a cuanto queda reducido el inmueble general.
Me gustaría que el colega 123456 u otros foristas nos exponga su experiencia en el sentido de que nos comparean si ya les han escrito en el CNR los estimonios de compraventa por segregacion en el que no hacen mencion a cuanto queda reducido el resto.
si es la primera segregacion por venta no es necesario mencionarlo el resto que le queda en la misma escritura ya que el CNR despues de segregar la porción establece en su base de datos que el resto es .......al hacer otro segregación por venta hay que poner que el inmueble era originalmente de .....pero por hacer segregado una porción de .......le ha quedado reducido a ........donde sus medidas y linderos estan fielmente descritos y que hoy segrega una porción de .......
si se pone el resto en la escritura o no se pone no hay problema ya que el calificar la escritura es por la segregación (OJO)y no por el resto, ahora bien si el resto es que se vende tiene describirse todo en base a su antecedente descontondo las segregaciones que se han hecho