pameneto escribió: El ultimo dia habil de Enero. Solo se reciben los informes de notarios que esten inscritos en IVA. Saludos.
Lo que dice no es cierto colega, este o no este el notario inscrito al iva le reciben el informe y lo unico que si es cierto es que tiene hasta el ultimo dia habil de enero.
La obligación de presentar el informe a Hacienda es para todos los Notarios hábiles en General, estén o no inscritos como contribuyentes en el Ministerio de Hacienda
Gracias por la coreccion, en efecto el Art. 122 inc 6 C.T. es claro.
Aunque lo correcto seria que para presentar dicho informe debe estar inscrito, comparto una publicacion de Hacienda en relacion a las reformas del 2010, publicadas como preguntas frecuentes y su correspondiente respuesta de la Administracion tributaria; ¿Con qué objetivo el juez debe dar información de los abogados y la ventilación de los juicios? R/
Constituyen medios de control de obligaciones tributarias a los profesionales del derecho. Asimismo tiene por objeto ampliar la base tributaria y aumentar la recaudación de Impuestos basada en la capacidad tributaria.
En relacion a la obligatoriedad de inscribirse he encontrado lo siguiente:
Definicion de Prestador de Servicios
Reglamento de la Ley del IVA Art. 2 Num 5 Prestador de Servicios:Cualquier persona natural o jurídica,
Instituciones, organismos y empresas de propiedad del Gobierno Central y de Instituciones públicas descentralizadas o autónomas,sociedades nulas, irregulares o de hecho y demás entes a que se refiere el Artículo 20 dela ley (IVA), que presten servicios por sí mismos o por cuenta de terceros, en forma habitual y
onerosa; Rel. Art 16 (hecho generador), 17 lit N (al notario expresamente) Ley del IVA.
Obligacion de inscribirse en IVA
CÓDIGO TRIBUTARIO
Obligación de inscribirse en el Registro de Contribuyentes e informar.
Artículo 86.- La Administración Tributaria llevará un Registro de Contribuyentes de los impuestos que administre, según los sistemas y métodos que se estimen más adecuados. Deberán inscribirse en el Registro los sujetos pasivos que de conformidad a los supuestos establecidos en este Código o en las leyes tributarias respectivas, resulten obligados al pago de los diferentes impuestos administrados por la Administración Tributaria, incluyendo los exportadores e importadores habituales. El plazo para inscribirse será dentro de los quince días siguientes a la fecha de iniciación de las actividades. Rel. Arts 235 (multa), 89 (inscripción de oficio) C.T.
Espero sus comentarios, los que están inscritos en IVA hacen números para dar los precios de sus servicios, ya que tienen que ser mas IVA.
Con esto no se obliga a nadie que se inscriba, es solo lo que dice la Ley. Si se inscribe asesorece bien, he visto casos de personas que se inscriben, les va mal, dejan de declarar solo porque no tuvieron movimiento de ventas, y después de un par de años, reciben un estado de cuenta donde adeudan miles de dolares en multas mas intereses al fisco.
Saludos.