Estimados colegas necesito de su valiosa colaboracion en este sentido: si se agrega el testamento en los anexos si lo hay, si uno de los compareciente lo hace en nombre propio y como apoderada de una hermana, esta circunstancia se expresa en la solicitud, en todas las resoluciones y en los edictos también? De antemano muchisimas gracias por su tiempo. Bendiones!!
De agregar a los anexos seria en todo caso el Poder que le otorgo la hermana,si es de quellos que llevan como unico objetivo estas diligencias y se agota en estas,en relacion a consignar que uno de los comparecientes actua tambien como apoderado seria solo en las resoluciones en la protocolizacion y en la solucitud,en los edictos solo mencionaria que fulano y sutuana se han presentado a su oficuina.
verok escribió: Estimados colegas necesito de su valiosa colaboracion en este sentido: si se agrega el testamento en los anexos si lo hay, si uno de los compareciente lo hace en nombre propio y como apoderada de una hermana, esta circunstancia se expresa en la solicitud, en todas las resoluciones y en los edictos también? De antemano muchisimas gracias por su tiempo. Bendiones!!
Colega, no me queda claro a que se refiere, puesto que el tema dice "aceptación de herencia" y menciona "testamento"; si hay testamento no hace falta las diligencias de aceptación de herencia. Quizás esté equivocado pero, con todo el respeto que usted se merece, me cuasa confusión su pregunta.
Solo aclarar, que independientemente que haya testamento o no, siempre es necesario realizar las diligencias de aceptación de herencia, solo que dependiendo el caso, seria testamentaria o abientestato