Mas que una consulta como la hacen todos los colegas en este foro, en esta oportunidad quisiera exponer una consulta que se me hizo. Y lo expongo mas bien como un dato curioso, que podría señalarnos como esta nuestro sistema carcelario.
Como siempre el sujeto esta detenido porque sus amigos lo inculparon, no porque el haya cometido el homicidio. Por mas de diez años en el centro de internamiento, el detenido le ayudaba económicamente a su pareja, y cuando empezó a visitarlo ella no tenia ningún hijo. Hoy ya tiene tres, la mayor ya ronda por los doce años.
Es el caso que el fulano, ya esta en la fase de confianza, y sale del penal a trabajar en su taller de confección de uniformes, y no le ayuda económicamente a su pareja. Y ella lo quiere demandar para el pago de cuota alimentaria.
Mi duda es, como un detenido genera ingresos dentro del penal sin estar en la fase de confianza.
CREO QUE TENES QUE REVISAR EL CODIGO DE FAMILIA EN EL SENTIDO DE QUE UN PRESO NO TIENE SUS DERECHOS DE CIUDADANO
Y AL DEMANDARLO YA SEA EN PGR O EN JUZGADO DE FAMILIA ESTE DETENIDO DEBE DE ACUDIR A LA CITA O AUDIENCIA Y DEMOSTRAR QUE ESTA TRABAJANDO PERO COMO PERDIO SUS DERECHOS DE CIUDADANO CREO QUE NO ES POSIBLE QUE DE CUOTA ALIMENTICIA PORQUE NO ESTA EN SUS PLENOS DERECHOS
ESO PIENSO
En cuanto a los derechos ciudadanos no creo que se limiten las obligaciones parentales, y en ese sentido hay que recordar que se limitan los derechos políticos y la libertad ambulatoria, mas no los derechos y garantias constitucionales, entonces se podría expresar como un elemento de salida al caso que no posee, ni genera los ingresos necesarios para brindar una cuota alimenticia, por su condición de presidiario.
Buenas noches, todo interno tiene derecho y obligación de contar con un trabajo q le permita a la misma vez crear un valor agregado para su rehabilitación.
además debe contar con todos los derechos previstos en materia laboral como su remuneración, el cual no puede ser inferior al salario mínimo establecido.