Si el padre biologico otorga poder especial ante el consulado salvadoreño o notario salvadoreño, donde lo faculta especificamente para reconocer al hijo procreado conxxxx e inscrito bajo el asiento de partida de nacimiento númeroxxxxxx del libroxxxxx, si se puede, debe especificar la intención de su cliente de reconocerlo y de que esta facultado para otorgar la correspondiente escritura de reconocimiento voluntario, pudiendo firmarla en su nombre y representación, para la consecución de los efectos legales consiguientes, el notario deberá legitimar la personería con que actua el mandatario y si el poder contiene únicamente esa facultad, agregarlo al legajo de anexos de su libro de protocolo.