buenos dias colegas; tengo un duda y es la siguiente: si un persona que esta casada por bienes separados, al morir, tiene derecho la esposa de los bienes que dejo el difunto
A mi juicio, considero que en caso que uno de los cónyuges fallece, y si no ha dejado testamento alguno, entonces según el artículo 988 del Código Civil, es llamada a la sucesión intestada, por lo tanto, tiene derecho la cónyuge sobreviviente a reclamar su parte de los bienes dejados por el causante.
Ahora, si bien es cierto que optaron en el matrimonio, por el régimen de separación de bienes, pero resulta que dicho régimen a la cual optaron los esposos, es en caso que hubieren promovido el Divorcio, es allí donde surte efecto el régimen de separación de bienes, donde ambos cónyuges conservan la propiedad, la administración y la libre disposición de los bienes que tuvieren. Art. 48 Código del Familia, por lo tanto ninguno de los cónyuges podría que reclamar derecho alguno sobre los bienes adquiridos dentro del matrimonio.
"Cuando el objetivo te parezca difícil, no cambies de objetivo;
busca un nuevo camino para llegar a él."