A quien demandar????

23 Ene 2015 07:25 - 23 Ene 2015 07:30 #1 por Karla-G
A quien demandar???? Publicado por Karla-G
Buenos días, aquí nuevamente pidiendo auxilio colegas de sus conocimientos, resulta que en un contrato de arrendamiento, se ofreció una persona como codeudora solidaria, la señora inquilina ha caído en mora, se va a seguir un proceso de inquilinato por incumplimiento al contrato de arrendamiento, mi pregunta surge a la hora de presentar la demanda, a quien demando la inquilina no quiere cancelar los cánones adeudados, y la codeudora solidaria no el dueño de la casa no sabe donde contactarla.

Feliz días a todos.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

23 Ene 2015 07:29 #2 por nino1002
Respuesta de nino1002 sobre el tema A quien demandar????
Pues a mi forma de ver se tiene que manifestar en el libelo de la demanda que existe una codeudaora y subsidiariamente que sea esta la que pague la deuda. Éxitos y bendiciones :)
El siguiente usuario dijo gracias: Karla-G

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

23 Ene 2015 07:38 #3 por Karla-G
Respuesta de Karla-G sobre el tema A quien demandar????
Muchas gracias nino 1002, entonces se estaría condenando a la codeudora solidaria a pagar los canones arrendatarios???

Yo pensaba que si la inquilina no pagaba, entonces como existe una codeudora, automaticamente ella asumiría dicha obligación a pagar los canon arrendatarios, o es en la ejecución forzosa que se pide que en razón que la inquilina no ha cumplido en la sentencia a pagar los canon arrendatarios, se condene a la la codeudora a asumir dicha responsabilidad...

Que piensan de este caso amigos, gracias por su colaboración.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

23 Ene 2015 07:55 #4 por nino1002
Respuesta de nino1002 sobre el tema A quien demandar????
Si el deudor principal no responde. Art. 2086 C.
El acreedor nunca podrá perseguir directamente al fiador, sin antes haber perseguido al deudor principal.
Por lo tanto, en la demanda se tiene que manifestar tal situación.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Tiempo de carga de la página: 0.157 segundos
Gracias a Foro Kunena