esta vez quiero consultar de su experiencia la manera en que una persona adulta puede impugnar la paternidad de su padrasto que lo reconocio. cualquier comentario se los agradeceré.
Por supuesto que puede
DE LA IMPUGNACION DE LA PATERNIDAD
IMPUGNACION DEL RECONOCIMIENTO VOLUNTARIO
Art. 156.Cf- El reconocimiento voluntario de paternidad podrá ser impugnado por el hijo, por los
ascendientes del padre y por los que tuvieren interés actual, probando que el hijo no ha podido tener por
padre el reconociente. Con relación al hijo la acción es imprescriptible.
ASi que lo puede hacer en cualquier momento,no importa que ya sea un apersona adulta.Puede proponer testigos y como prueba el examen de ADN entre el y el supuesto padre o el padre biologico.