DILIGENCIAS DE ACEPTACIÓN DE HERENCIA VÍA JUDICIAL.
Tengo una nueva consulta amigos, en el caso de unas Diligencias de Aceptación de Herencia, el causante procreo dos hijas las cuales están vivas.
(Lo único que dejo es una CASA) obvio que sin testamento.
Las preguntas son las siguientes:
1)- Si ellas quieren ser las herederas, sera que en el poder general judicial ambos lo otorgan? y luego se pone en la solicitud que ambas me otorgan poder?
2) y si una de ellas le otorga la cesión de derechos a la otra, esto se hace mención en el poder o en otro escritura???
10 Feb 2015 12:20 - 10 Feb 2015 12:22#2por salazar_panamex@hotmail.com
Respuesta de salazar_panamex@hotmail.com sobre el tema urgente
ES OBVIO SI ELLAS QUIEREN ACEPTAR HERENCIA AMBOS LE OTORGAN EL PODER, PERO SI UNA DE ELLAS CEDE SU DERECHO HEREDITARIO A LA OTRA, SOLO REPRESENTARA A UNA DE ELLAS COMO HEREDERA Y COMO CESIONARIA DE LOS DERECHOS QUE LE CORRESPONDIAN A LA HERMANA, ESO NO LO ESTABLECE EN EL PODER SINO EN EL ESCRITO, AL CUAL AGREGARA EL INSTRUMENTO DE CESION DE DERECHO Y LA CERTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, QUE PRUEBA EL VINVULO CON EL DECUJO....
Última Edición: 10 Feb 2015 12:22 por salazar_panamex@hotmail.com.