Derecho Registral !urgente!

18 Feb 2015 10:10 #1 por EP1010
Derecho Registral !urgente! Publicado por EP1010
Colegas necesito de su valiosa aportación en el siguiente caso: Tengo un cliente que "era propietario" de un inmueble bastante extenso, resulta que el cliente, ya desmenbro en tres ocasiones ese inmueble y vendió a tres personas diferentes, el posee la escritura original y al leerla me doy cuenta que en ella aparece que todavía es actual propietario de todo el inmueble (incluido lo que ya se vendió y se desmembro), yo por lógica deduzco que ya en el registro aparece que el inmueble ya se desmembro en tres ocasiones, (algo que no me consta) y que los compradoras ya tienen registrado su derecho, ahora bien como novato profesional del derecho en esta rama me surge la duda siguiente: SI EL TERRENO YA FUE DESMENBRADO EN TRES OCASIONES NO ES NECESARIO HACER UNA NUEVA ESCRITURA RESPECTO A LAS MEDIDAS QUE LE QUEDARON AL EX PROPIETARIO DE TODO EL INMUEBLE (LO QUE RESTA DEL INMUEBLE)??????? QUE DILIGENCIAS DEBO SEGUIR??????....ya que el cliente quiere desmembrar nuevamente lo que le resto del inmueble para donarselos a sus hijos (son dos hijos), quiere desmembrar el terreno nuevamente en tres partes, una para cada hijo y la que le sobraría a el, y el cliente me pregunta SI ESO ES POSIBLE??? ya que la notario que le protocolizo las desmembraciones antiguas le manifesto que el inmueble ya no podría ser desmembrado nunca mas por que la ley solo permite desmembrarlo tres veces, y yo pregunto SERA CIERTO???? CUAL ES LA DISPOSICION LEGAL CON RESPECTO A ELLO??? QUE DILIGENCIAS DEBO SEGUIR???? :unsure:....acepto que esta no es mi especialidad, pero tengo voluntad de saber aunque sea un poco de todas las ramas del derecho, asi que todas las aportaciones seran muy valiosas para mi...!bendiciones y muchas gracias paratodos los que aporten!

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

18 Feb 2015 12:28 #2 por Fakity
Respuesta de Fakity sobre el tema Derecho Registral !urgente!
hola, en primer lugar debe asegurarse que efectivamente las partes segregadas esten registradas; si el propietario quiere tener una escritura con los datos actualizados del resto, lo que debe hacer es una remedicion del inmueble...
y con respecto a la realizacion de nuevas segregaciones que quiere hacer el cliente, actualmente en el Registro no acepta mas fraccionamientos de los que se han hecho hasta el momento; pero si puede hacerlo si cumple con lo establecido en el articulo 38 de la Ley de Catastro.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

18 Feb 2015 16:47 #3 por 123456
Respuesta de 123456 sobre el tema Derecho Registral !urgente!
la primera escritura vale aunque haya hechos tres segregaciones, cuando el quiera vender solamente se describe el resto.-
ahora bien si este resto es mayor o menor puede hacer una remedición caso contrario no es necesario
ojo antes de hacer otro tramite legal asugurece en el CNR si estan presentadas las 3 segregaciones
saludos

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

19 Feb 2015 10:32 #4 por EP1010
Respuesta de EP1010 sobre el tema Derecho Registral !urgente!

Fakity escribió: hola, en primer lugar debe asegurarse que efectivamente las partes segregadas esten registradas; si el propietario quiere tener una escritura con los datos actualizados del resto, lo que debe hacer es una remedicion del inmueble...
y con respecto a la realizacion de nuevas segregaciones que quiere hacer el cliente, actualmente en el Registro no acepta mas fraccionamientos de los que se han hecho hasta el momento; pero si puede hacerlo si cumple con lo establecido en el articulo 38 de la Ley de Catastro.


Excelente aportación colega Fakity, las partes segregadas si están registradas, las proporciones de lo que resto del inmueble son menores a las que se establecen la escritura, con lo cual deduzco que efectivamente procede una remediciòn del inmueble, ahora bien con respecto a las desmembraciones la disposición legal que usted menciona no me queda muy clara,mi duda es CUANTAS DESMEMBRACIONES PUEDEN HACERSE EN LO QUE RESTO DEL INMUEBLE??? NO SE TOMARA COMO LOTIFICACIÒN O SI???

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

19 Feb 2015 10:41 #5 por EP1010
Respuesta de EP1010 sobre el tema Derecho Registral !urgente!

123456 escribió: la primera escritura vale aunque haya hechos tres segregaciones, cuando el quiera vender solamente se describe el resto.-
ahora bien si este resto es mayor o menor puede hacer una remedición caso contrario no es necesario
ojo antes de hacer otro tramite legal asugurece en el CNR si estan presentadas las 3 segregaciones
saludos


Gracias por su aporte 123456, se que la escritura vale, no obstante según dicha escritura, las proporciones del inmueble son mayores que la cabidad real del mismo, pero no me consta porque no hay certeza jurídica de las medidas exactas del inmueble, por lo que deduzco (como lo dije anteriormente) que procede una REMEDICION, ahora bien lo que se pretende es "donar y no vender", entonces tendrian que hacerse 2 segregaciones, a lo que yo pregunto CUANTAS SEGREGACIONES PERMITE LA LEY QUE SE LE HAGA AL INMUEBLE??? Y DONDE PUEDO ENCONTRAR ESA DISPOSICIÓN LEGAL???? he leído ley de catastro, reglamento RPRH pero no he encontrado nada hasta este dìa :( , colega gracias!!

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Tiempo de carga de la página: 0.199 segundos
Gracias a Foro Kunena