mira, lo mejor sería que el que se quiere salir, haga una compraventa de acciones, que sea a los mismos socios, y recomiendale tu, que no obstante, los compañeros contadores dicen que basta, y en el CNR se respalda eso, papeleos que reflejen que ya no es socio más de la sociedad, pero tu como abogado argumenta que lo mejor es hacer un documento legal, como compraventa de acciones, que le RESPALDE al que se va que ya no tiene nada que ver con la sociedad, en un futuro puede seguir siendo responsable legal de cuestiones tributarias, mercantiles, etc. ante la fiscalía.
Lo que tiene que hacer es la compraventa de acciones,si tienen acciones elaboradas al reverso se endosan y con eso el sale de la sociedad y el otro año se informa al Ministerio de Hacienda en el formulario F915 que se presentara en Enero 2016,que él perdio la calidad de socio en el 2015.