LANZAMIENTO EN INQUILINATO

25 Feb 2015 15:21 #1 por Ester
LANZAMIENTO EN INQUILINATO Publicado por Ester
Hola Colegas tengo una interogante, estoy llevando un proceso de terminación de contrato y desocupacion del inmueble y ya pase la ejecución forzosa ya me han señalado fecha para efectuar el lanzamiento inmediato de las personas que arrendaban el inmueble de mi cliente y en el auto establece q libre oficio a la PNC para auxilio. mi pregunta es mi cliente debe llevar cargadores o un camión de mudanza o se encargaria el juzgado o los policias????????

Eshter.-

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06 Mar 2015 12:39 #2 por Concepción
Respuesta de Concepción sobre el tema LANZAMIENTO EN INQUILINATO
Entiendo que tu eres de la parte actora. Bueno no es que tu o tus clientes van a librar oficio a la PNC para que lancen a los ocupantes del inmueble, eso lo hace el mismo juzgado que ventila el caso, es el juez quien librará oficio a la autoridad competente para que tal fecha, día y hora se dispongan al lanzamiento y no es que van a llevar camiones o algo, simplemente la misma palabra lo dice: LANZAMIENTO y consiste en sacar los muebles que tengan, con tal de que los saquen y los dejen en la calle eso basta y de ahí verán los dueños como hacen para ver donde se van y si hay resistencia por parte de los ocupantes se hace uso de la fuerza, es como que si llegara la UMO a desalojar a los vendedores del centro. Ademas dices que ya estas en la ejecución forzosa, eso quiere decir que si no quieren por las buenas, sera por las malas. Espero te haya ayudado en algo.

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06 Mar 2015 22:44 - 06 Mar 2015 22:46 #3 por joseelletrado
Respuesta de joseelletrado sobre el tema LANZAMIENTO EN INQUILINATO
Disculpa la pregunta cuanto tiempo te llevo todo el proceso y si me podes dar el detalle de las etapas del proceso te lo agradeseria.
Gracias

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07 Mar 2015 00:26 #4 por lesterivas
Respuesta de lesterivas sobre el tema LANZAMIENTO EN INQUILINATO
buenas noches, respondiendo a su pregunta déjeme decirle que el tiempo dependerá del tribunal, aunque el tribunal cuenta con 5 días para decidir si admite o no la demanda, si esta fuera admitida se debería señalar audiencia en un mínimo de 10 días, pero le aclaro que lastimosamente esto dependerá del tribunal en sí.
en cuanto a las etapas: lo invito a leer EL PROCESO ABREVIADO, ya que los procesos sobre inquilinato se tramita por ese medio.

RIVAS
El siguiente usuario dijo gracias: joseelletrado

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