Subsidiario de Nacimiento

13 Mar 2015 11:23 #1 por avecesar
Subsidiario de Nacimiento Publicado por avecesar
Buenos días colegas, aquí nuevamente necesitando de sus conocimientos y experiencia, resulta que estoy llevando a cabo un subsidiario de nacimiento a favor de un niño, he propuesto la deposición de los testigos a la madre del niño y a su abuela, he elaborado unas preguntas dirigidas a la supuesta madre del niño, y quisiera colegas que las leerán y hacer algún comentario al respecto si están bien elaboradas, ya que la madre del supuesto niño es quien ha solicitado dichas diligencias, aclaro que el niño nació en su residencia. estas son las preguntas:

- Testigo diga su nombre, donde vive y a que se dedica:

- Sabe Usted porque razón ha venido a esta sala de audiencia:

- Cuantos hijos tiene:

- Diga su nombre y edad:

- Sabe usted la fecha de nacimiento del adolescente.

- A qué horas nació:

- En qué lugar nació:

- Quien le brindo las atenciones necesarias en el momento de su parto:

- La señora URSULA, es partera: No, pero si tiene conocimientos de dicho oficio.

- Porque razón el adolescente, no tiene Certificación de Partida de Nacimiento.

- Sabe usted si eso le ocasiona problemas al adolescente: Si

- Porque:

- A parte de usted quien más sabe de la relación que se ha establecido de calidad de madre que existe entre Usted, en relación al adolescente:

- Todo lo que ha dicho le consta de vista y oídas:

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13 Mar 2015 15:39 #2 por joscarcr@gmail.com
Respuesta de joscarcr@gmail.com sobre el tema Subsidiario de Nacimiento
En la ciudad de San Salvador, a las diez horas del día cuatro de octubre de dos mil dos.- Ante Mí,
, Notario de los domicilios de esta Ciudad y de Mejicanos, comparece el señor EMEILIO ALDANA HERNANDEZ, de Setenta y cuatro años de edad, Agricultor en Pequeño, del domicilio de El Congo, Departamento de Santa Ana, a quien no conozco e identifico por medio de su Carnet Electoral Número cero dos cero cuatro dos seis cero cinco dos ocho cero cero cero uno; y BAJO JURAMENTO ME DICE: Que es de las generales antes relacionadas y que nació el día veinticuatro de mayo de mil novecientos veintiocho, en el Cantón El Rodeo, de la Jurisdicción de Coatepeque, en el Departamento de Santa Ana, y quien es de setenta y cuatro años de edad, Agricultor, Casado, con domicilio en el Congo en el Departamento de Santa Ana; siendo hijo legitimo de JULIA HERNANDEZ, y de SEGUNDO ALDANA, ambos fallecidos, y Salvadoreños por nacimiento; que por la imposibilidad de encontrar la Partida de Nacimiento asentada, por no encontrarse inscrito su nacimiento en el archivo de la Alcaldía, no es posible comprobar legalmente el asiendo de nacimiento en el Registro del Estado Familiar de la referida Alcaldía Municipal; así mismo manifiesta que sus hijos, parientes y demás amistadas y vecindario siempre han reconocido que nací el en Cantón El Rodeo de esa Jurisdicción; que de conformidad a lo establece en los artículos doce y trece de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y Otras Diligencias en relación con el artículo ciento noventa y siete y siguientes del Código de familia y artículo ciento ochenta y cuatro de la Ley Procesal de Familia respectivamente, comparece como interesado a solicitar se le de trámite respectivo a las Diligencias de establecimiento del Estado Familiar, para que previos los trámites legales se declare en resolución final se asiente la respectiva Partida de Nacimiento, y asimismo se ordene el asiento en el Libro Respectivo de Registro del Estado familiar de la Alcaldía Municipal de Coatepeque. Para probar los extremos de su solicitud, presenta al Notario autorizante para que se agreguen en legal forma: La Constancia extendida por el Jefe del Registro del Estado Familiar de la Alcaldía Municipal de Coatepeque, señora Ana Domitila Marroquín de Pacheco, de fecha once de octubre de dos mil dos, de la que consta: que a esa Alcaldía se presentó el señor Emilio Aldana, ha solicitar se le extienda certificación de la Partida de nacimiento y ha efecto manifiesta que nació el día veinticuatro de mayo de mil novecientos veintiocho, en el Cantón El Rodeo, de esa jurisdicción, y que es hijo de Julia Hernández y de Segundo Aldana, ambos fallecidos; pero fue buscada en el Registro familiar el asiento de la partida de nacimiento de la referida persona, pero no fue posible encontrarla en el respetivo libro; Asimismo solicita se le reciba declaración a los testigos que oportunamente presentará y que deberán ser interrogados de conformidad al cuestionario siguiente: 1) Digan los testigos si conocen al señor Emilio Aldana, y desde cuando; 2) digan los testigos si les constan que el señor Emilio Aldana, Nació en el Cantón El Rodeo, de la Jurisdicción de Coatepeque, en el Departamento de Santa Ana, y hasta sus hijos, parientes, demás amistades y vecindario siempre han reconocido dicho nacimiento en el referido lugar?; 4) Digan los testigos si todo lo declarado es verdad por constarle de vista y oídas?. Así se expresó el compareciente a quien explique los efectos legales de la presente Acta Notarial que consta de dos hoja útil de papel simple; y leído que se la hube todo lo escrito íntegramente en un solo acto no interrumpido, la ratifica y firmamos.- DOY FE.-


TARIA del Licenciado
, San Salvador, a las diez horas del día cinco de noviembre de dos mil dos.-

De Conformidad a lo solicitado por el señor Emilio Aldana Hernández, en el Acta Notarial que antecede, tiénesele por parte y por agregada la Constancia y demás documentos por él presenta.-

Recíbeseles declaración como testigos a los señores EMILIO ANTONIO ORELLANA BARRIENTOS y ROBERTO NAVAS CASTRO, que en este acto presenta, quienes deberán ser interrogados de conformidad al cuestionario inserto en el Acta Notarial en mención.-






La Notaria del Licenciado
, San Salvador, a las nueve horas del día seis de noviembre de dos mil dos.- En cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede tengo presente a los testigos señores EMILIO ANTONIO ORELLANA BARRIENTOS, de cincuenta y cinco años de edad, Jornalero, del domicilio de Jayaque, en el Departamento de La Libertad, a quien no conozco pero lo Identifico por medio de su Documento Único de Identidad Número cero dos millones treinta y cinco mil seiscientos noventa y cuatro - dos; y ROBERTO NAVAS CASTRO, de cuarenta y cinco años de edad, Agricultor, del domicilio de El Porvenir, Departamento de Santa Ana, a quien no conozco e Identifico por medio de su Documento Único de Identidad Número cero un millón Doscientos treinta y tres mil cuatrocientos ochenta - cinco; Fueron advertidos de las penas de falso testimonio en materia Civil y Juramentados que fueron en legal forma, manifestaron decir la verdad en lo que fueren interrogados y no tener ningún interés ni incapacidad para declarar en las presentes diligencias: Interrogado el primero de los testigos con la debida separación del segundo, contesta: Que conoce al señor Emilio Aldana, desde hace treinta y cinco años; que les consta que el señor nació en el Cantón El Rodeo de la Jurisdicción de Coatepeque, y que tanto sus padres, hermanos, hijos y parientes; así como las demás amistades y vecindario siempre han reconocido que el señor Emilio Aldana, nació el día veinticuatro de mayo de mil novecientos veintiocho, en el Cantón El Rodeo y que todo lo declarado es la verdad por constarle de vista y oídas. Interrogado el segundo de los testigos con la debida separación del primero, contesta: Que conoce al señor Emilio Aldana, desde veintitrés años, que le consta que el señor nació en el Cantón El Rodeo de la Jurisdicción de Coatepeque, y que tanto sus padres, hermanos, hijos y parientes; así como las demás amistades y vecindario siempre han reconocido que el señor Emilio Aldana, Nació en el Cantón El Rodeo de la jurisdicción de Coatepeque, en el Departamento de Santa Ana, el día veinticuatro de mayo mil novecientos veintiocho, y que todo lo declarado es la verdad por constarle de vista y oídas. Interrogados de nuevos los testigos, les leí sus respectivas declaraciones, las cuales ratifican y para constancia firmamos.- DOY FE.-


















TARIA del Licenciado
, San Salvador, a las nueve horas del día treinta y uno de enero de dos mil tres.-

Habiéndose recibido la prueba presentada por el señor Emilio Aldana Hernández, y de conformidad a lo ordenado por el artículo doce de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y Otras Diligencias; DESE AUDIENCIA por el término de ocho días hábiles al señor Síndico Municipal de la Alcaldía Municipal de Coatepeque, Departamento de Santa Ana.- NOTIFIQUESE.-




En la Alcaldía Municipal de Coatepeque, Departamento de Santa Ana, a las diez horas del día tres de febrero de dos mil tres- Notifiqué, leyéndole íntegramente el auto anteriormente al Señor Sindico Municipal, quien quedo enterado y firma.-







NOTARIA DEL LICENCIADO

El infrascrito, en mi carácter de Sindico de la Alcaldía Municipal de Coatepeque en el Departamento de Santa Ana, a usted le EXPONGO:
Que en las diligencias del Estado Civil o Familiar subsidiario que en base a la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y Otras Diligencias promueve EMILIO ALDANA HERNANDEZ a efecto de establecer supletoriamente su nacimiento; se me ha trasladado los autos a fin de que conteste la audiencia que señala la Ley; al respecto le manifiesto: Que habiendo comprobado los extremos de su solicitud, no me opongo a lo solicitado por el señor EMILIO ALDANA HERNANDEZ, en el interés en que lo hace; por lo que le PIDO:
Se tenga por contestada la audiencia señalada a los términos expresados; se agregue a los autos la credencial respectiva; continúe los trámites de Ley.

Coatepeque a los cinco días del mes de febrero de dos mil tres.-




FIRMA Y SELLO.






NOTARIA DEL LICENCIADO
, San Salvador, a las diez horas y treinta minutos del día cinco de febrero de dos mil tres.- Ante Mí y por Mí, DIGO: Que el día cuatro de octubre de dos mil dos, a las diez horas, se presentó el señor EMILIO ALDANA HERNANDEZ, de las generales conocidas en las presentes Diligencias; quien me manifestó haber nacido el día veinticuatro de mayo de mil novecientos veintiocho, en el Cantón El Rodeo, de la Jurisdicción de Coatepeque, en el Departamento de Santa Ana, y quien es de sesenta y cuatro años de edad, Agricultor, Casado, Originario de Coatepeque, y con domicilio en el Municipio de El Congo en el Departamento de Santa Ana; siendo hijo legítimo de la señora JULIA HERNÁNDEZ y del señor SEGUNDO ALDANA, ambos fallecidos y Salvadoreños por nacimiento; que por la imposibilidad de encontrar la Partida de Nacimiento asentada, por no encontrarse inscrito su nacimiento en el archivo de la Alcaldía, no es posible comprobar legalmente el asiento de nacimiento en el Registro del Estado Familiar de la Referida Alcaldía Municipal, lo que probó con la constancia que me presentó, en la que consta que no se encontró el asiento de la Partida de nacimiento citada, documento que corre agregado a las presentes Diligencias; además me presentó a los testigos señores: Emilio Antonio Orellana Barrientos y Roberto Navas Castro, capaces para ser testigos, los que fueron interrogados por mí, con las formalidades de Ley, y en síntesis manifestaron: que conocen al señor Emilio Aldana Hernández, desde hace treinta y cinco y veintitrés años respectivamente, y que les consta de oídas que el señor Emilio Aldana Hernández, nació el día veinticuatro de mayor de mil novecientos veintiocho; que les consta de oídas que desde el día veinticuatro de mayo de mil novecientos veintiocho, hasta hoy, tanto sus padres, hermanos, hijos y parientes; así como las demás amistades y vecindario siempre han reconocido su nacimiento, en el Cantón El Rodeo, de la Jurisdicción de Coatepeque en el Departamento Santa Ana; y que todo lo declarado es verdad por constarles de vista y oídas. Con posterioridad se le concedió audiencia al señor Sindico Municipal de la Alcaldía de Coatepeque, quien no se opuso a lo solicitado por el señor Emilio Aldana Hernández, en el interés que lo hace, por haber probado los extremos de la misma. Apreciadas que han sido las pruebas y transcurrido el término de audiencia por haber contestado en la forma que lo hizo el señor Sindico en funciones de la Municipalidad de Coatepeque en el Departamento de Santa Ana, señora Ana Luz Hernández de Aguirre, y habiéndose comprobado la posesión notoria del Estado Familiar de Nacimiento a favor del señor Emilio Aldana Hernández, El suscrito Notario RESUELVE Y DA FE: Que el señor Emilio Aldana Hernández, nació el día veinticuatro de mayo de mil novecientos veintiocho, quien es de setenta y cuatro años de edad, de Agricultor, Casado, Originario del Cantón El Rodeo, de la Jurisdicción de Coatepeque en el Departamento de Santa Ana; hijo de la señora Julia Hernández y del señor Segundo Aldana.- Protocolice la presente resolución en su oportunidad para los efectos Legales consiguientes. Notifíquese.- DOY FE.-






NUMERO SESENTA Y UNO.- En la Ciudad de San Salvador, a las nueve horas y treinta minutos del día ocho de febrero de dos mil tres.- Ante Mí y por Mi,
, Notario de los domicilios de esta ciudad y de Mejicanos, de conformidad al artículo Doce y siguientes de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, en este acto Protocolizo la resolución final que emití en las Diligencias de Estado Civil Subsidiario del señor EMILIO ALDANA HERNÁNDEZ, promovidas por él mismo, dicha resolución es del tenor literal siguiente; “””””””””””””””””””””NOTARIA DEL LICENCIADO
, San Salvador, a las diez horas y treinta minutos del día cinco de febrero de dos mil tres.- Ante Mí y por Mí, DIGO: Que el día cuatro de octubre de dos mil dos, a las diez horas, se presentó el señor EMILIO ALDANA HERNANDEZ, de las generales conocidas en las presentes Diligencias; quien me manifestó haber nacido el día veinticuatro de mayo de mil novecientos veintiocho, en el Cantón El Rodeo, de la Jurisdicción de Coatepeque, en el Departamento de Santa Ana, y quien es de sesenta y cuatro años de edad, Agricultor, Casado, Originario de Coatepeque, y con domicilio en el Municipio de El Congo en el Departamento de Santa Ana; siendo hijo legítimo de la señora JULIA HERNÁNDEZ y del señor SEGUNDO ALDANA, ambos fallecidos y Salvadoreños por nacimiento; que por la imposibilidad de encontrar la Partida de Nacimiento asentada, por no encontrarse inscrito su nacimiento en el archivo de la Alcaldía, no es posible comprobar legalmente el asiento de nacimiento en el Registro del Estado Familiar de la Referida Alcaldía Municipal, lo que probó con la constancia que me presentó, en la que consta que no se encontró el asiento de la Partida de nacimiento citada, documento que corre agregado a las presentes Diligencias; además me presentó a los testigos señores: Emilio Antonio Orellana Barrientos y Roberto Navas Castro, capaces para ser testigos, los que fueron interrogados por mí, con las formalidades de Ley, y en síntesis manifestaron: que conocen al señor Emilio Aldana Hernández, desde hace treinta y cinco y veintitrés años respectivamente, y que les consta de oídas que el señor Emilio Aldana Hernández, nació el día veinticuatro de mayor de mil novecientos veintiocho; que les consta de oídas que desde el día veinticuatro de mayo de mil novecientos veintiocho, hasta hoy, tanto sus padres, hermanos, hijos y parientes; así como las demás amistades y vecindario siempre han reconocido su nacimiento, en el Cantón El Rodeo, de la Jurisdicción de Coatepeque en el Departamento Santa Ana; y que todo lo declarado es verdad por constarles de vista y oídas. Con posterioridad se le concedió audiencia al señor Sindico Municipal de la Alcaldía de Coatepeque, quien no se opuso a lo solicitado por el señor Emilio Aldana Hernández, en el interés que lo hace, por haber probado los extremos de la misma. Apreciadas que han sido las pruebas y transcurrido el término de audiencia por haber contestado en la forma que lo hizo el señor Sindico en funciones de la Municipalidad de Coatepeque en el Departamento de Santa Ana, señora Ana Luz Hernández de Aguirre, y habiéndose comprobado la posesión notoria del Estado Familiar de Nacimiento a favor del señor Emilio Aldana Hernández, El suscrito Notario RESUELVE Y DA FE: Que el señor Emilio Aldana Hernández, nació el día veinticuatro de mayo de mil novecientos veintiocho, quien es de setenta y cuatro años de edad, de Agricultor, Casado, Originario del Cantón El Rodeo, de la Jurisdicción de Coatepeque en el Departamento de Santa Ana; hijo de la señora Julia Hernández y del señor Segundo Aldana.- Protocolice la presente resolución en su oportunidad para los efectos Legales consiguientes. Notifíquese.- DOY FE.- Al final de la resolución se encuentra un sello circular que dice:
, NOTARIO, República de El Salvador y una firma que se lee : “
.“ ””””””””””. DOY FE: Que la presente trascripción es conforme con su original. Así me expreso, leo lo escrito íntegramente en un solo acto, ratifico su contenido y firmo.- DOY FE.-

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