Buenos días colegas, resulta que mañana tengo una audiencia Preliminar de Divorcio, y me ha manifestado mi cliente quien es la parte demandante que no podrá ir mañana a la audiencia, ya que el es motorista y viaja constantemente fuera del país, ahora sería prudente si le digo al juez que mi poderdante que en razón de que no le dieron permiso para comparecer a la audiencia, pero que me ha facultado para que pueda ratificar, conciliar, desistir alas acciones y pretensiones planteadas, pudiendo recurrir, recusar, asistir y representarlo en su ausencia en la audiencia, sin que el juez suspenda la audiencia??? o que me sugieren colegas.
Si esta suficientemente facultado como lo ha expresado, no tenga problema que no le suspenderán la audiencia, no necesita expresarlo con anticipación si no hasta el momento de la audiencia. Éxitos