cita de conciliacion por despido domestica

21 Mar 2015 00:45 #1 por Flordema
Estimados Foristas: deseándoles muchos éxitos, les saludo cordialmente, al mismo tiempo que les expongo que voy iniciándome en esta carrera y no tengo experiencia y sera mi primera audiencia conciliatoria en el Ministerio de trabajo, como apoderada de una señora en la cual su ex domestica la demanda, pero según me cuenta mi cliente que esta domestica estuvo trabajando con ella por espacio de 3 años a pesar que no era buena empleada, no la despedia por que le daba lastima pues la domestica tiene 3 hijos, pero la verdad se portaba mal no hacia sus quehaceres descuidaba al niño que cuidaba hijito de mi clienta y siempre se le "perdían objetos de valor" hasta que de veras se le perdió bastante dinero y solo ella la domestica pudo ser, asi que hoy mi clienta naturalmente no esta dispuesta a conciliar ni pagarle nada puesto que según mi clienta la domestica le debe a ella por lo que le robo". Asi que mi pregunta concreta que puedo decir en la audiencia para que mi clienta salga bien librada y sobre todo de alguna forma la domestica no siga insitiendo y no lleve el caso a juicio laboral! Gracias de antemano. Bendiciones.

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21 Mar 2015 09:51 #2 por Carlos II
Respuesta de Carlos II sobre el tema cita de conciliacion por despido domestica
Si tu clienta no esta en la disposición de conciliar por lo que has manifestado entonces esto pasaría al tribunal de lo laboral, ahora si tu lo que quieres es que tu clienta salga bien librada de esto, pues déjame decirte que no es en esta instancia, y aún cuando tu dijeras en la audiencia de conciliación que tu clienta no le reconocerá nada ya que ella sentía desconfianza porque se le perdía objetos de valor como el que tu mencionas, la domestica siempre exigirá que se le pague su indemnización, quizás como una forma de persuadir para que ella lo piense si seguir la demanda en un tribunal de lo labora, es que manifieste que tienes pruebas cuando ella hurtaba los objetos, e incluso tu clienta puso cámaras dentro de la casa sin que supiera la domestica, quizás de esa forma pensaría bien la domestica en seguir el proceso o desistir.

"Cuando el objetivo te parezca difícil, no cambies de objetivo;
busca un nuevo camino para llegar a él."
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21 Mar 2015 15:46 #3 por Lic. Calderon
Respuesta de Lic. Calderon sobre el tema cita de conciliacion por despido domestica
Muy buenas tardes a todos, estoy totalmente de acuerdo con el Colega Carlos II, en este caso mi estimada colega Flordema, la instancia del Ministerio como sede administrativa es para efecto de avenir a las partes en dicha audiencia conciliatoria, el hecho que vayas evitas que le impongas en un proceso sancionatorio una multa a la parte patronal nada mas.

Si no concilias siempre de igual forma se continuaran las diligencias en sede judicial y es ahí donde deberás probar todos los extremos que nos manifiestas en este momento, si no tienes pruebas contundentes lo veo muy difícil, recuerda que nuestra legislación salvaguarda en primera instancia los derechos de los trabajadores para evitar abusos de parte de los patrones, pero si tienes pruebas con suficiente robustez podrás salir victoriosa de dicho proceso, en todo caso mi sugerencia es que hables con la parte patronal y averigües si tiene pruebas ya sea vídeos de su mal desempeño laboral, algunas llamadas de atención algo que puedas presentar como prueba, sino es mejor que concilies por lo menos el 50% de lo que exige, si llegas con buena forma con el procurador auxiliar y buena disponibilidad pueda que te evites un desgaste mayor tanto de tiempo como de dinero a tu clienta.

Saludos y suerte.

Busca siempre la justicia por el camino de la sinceridad y sin otras armas que la de tu saber.
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22 Mar 2015 05:56 - 22 Mar 2015 06:23 #4 por Carlos II
Respuesta de Carlos II sobre el tema cita de conciliacion por despido domestica
Ok. Como bien lo dice el colega Lic. Calderon, si tu cliente tiene pruebas suficientes como para desvirtuar la acusación de la trabajodora, entonces deja que pase al juzgado de lo laboral.-Recuerda que si la trabajadora presento demanda dentro de los quince días hábiles, se presume legalmente el despido injustificado, y aquí es el patrón el obligado a desvirtuar lo manifestado por el trabajador. art. 413 C.T.
Ok, como te decía cuando emplacen a tu cliente, es allí donde puedes contestar la demanda en sentido negativo y alegar excepción perentoria.- Las excepciones perentorias, se pueden oponer en cualquier estado del juicio y en cualquiera de las instancias. art. 394 C.T.; alegando que la trabajadora en reiteradas ocasiones cuando realizaba sus labores dentro del hogar, ella hurtaba varios objetos de valor como cadenas, joyas, y dinero, etc., y que fue motivo como para dar por terminado la relación laboral. Las excepciones perentorias descansan sobre circunstancias de hecho o de derecho, por ello se pueden alegar por el demandado o patrono como excepciones perentorias las cuales de por terminado el contrato sin responsabilidad patronal, enumeradas en el artículo 50 del C.T. y en tu caso puedes alegar el causal tercero del citado artículo. Ojo, si tu cliente cuenta con pruebas suficientes como por ejemplo vídeos o testigos que den fe que la domestica hurtaba las cosas, puedes fácilmente alegar la excepción perentoria, pero si no cuentas con esas pruebas difícilmente ganaras el caso, recuerda que lo manifestado por tu cliente respecto a las cosas que se le desaparecían eso solo le consta a ella y a la trabajadora, pero al Juez no le consta, y como vas a convencer al juez de lo que alega tu cliente es verdad, es por medio de pruebas y a través ellas demostraras al Juez, que la domestica hurtaba las cosas y que por lo tanto es un acto que hizo perder la confianza a tu cliente, como para dar por terminado la relación laboral, ya que no basta con decir que tu cliente presume que fue la domestica que se robaba las cosas, no es suficiente como para convencer al Juez, para haber dado terminado la relación laboral, tu cliente puede decir eso y muchas cosas más.- También puedes invocar el causal XVI del citado artículo y alegar que la domestica no realizaba bien su trabajo y que la domestica siempre hacía lo que le daba en gana y no lo que se la había ordenado por tu cliente.
Repito pero si no cuentas con estas pruebas, entonces es mejor como bien lo dice el colega Lic. Calderón, conciliar en esta instancia y que ofrezca por lo menos el 50%, de indemnización, a que siga el proceso ante un Juez de lo laboral y que al final pierda el caso tu cliente y que se le condene a pagar el 100% de indemnización a la trabajadora, platica con tu cliente y hazle saber los pro y contra.

"Cuando el objetivo te parezca difícil, no cambies de objetivo;
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