Cuota de alimentos PGR

23 Mar 2015 16:32 #1 por faith
Cuota de alimentos PGR Publicado por faith
A un señor le han impuesto una cuota de alimentos en la PGR, en la audiencia que se celebró en dicha institución el dijo que no estaba de acuerdo en aportar dicho monto y aún así la establecieron.

Disculpen, pero en la PGR, pueden establecer la cuota sin que las partes estén de acuerdo, no se tiene que hacer vía judicial?.

Que se puede hacer en éste caso.

Gracias por su ayuda.

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23 Mar 2015 22:24 #2 por waldo2173
Respuesta de waldo2173 sobre el tema Cuota de alimentos PGR
HOLA COLEGA LA PGR ESTA FACULTADA HA FIJAR CUOTA ALIMENTICIA SIN QUE SE VAYA VIA JUDICIAL PORQUE TIENE TODO EL PERSONAL ADECUADO PARA REALIZARLO Y ESTA CERTIFICADA PARA ELLO SOLO OTRAS PROCURADURIAS AUXILIARES NO ESTAN FACULTADAS PARA FIJAR SOLO POR MUTUO ACUERDO FIJAN
ASI QUE ES NO ES NECESARIO QUE SE VALLA VIA JUDICIAL

WALDO2173

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24 Mar 2015 08:07 #3 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema Cuota de alimentos PGR

faith escribió: A un señor le han impuesto una cuota de alimentos en la PGR, en la audiencia que se celebró en dicha institución el dijo que no estaba de acuerdo en aportar dicho monto y aún así la establecieron.

Disculpen, pero en la PGR, pueden establecer la cuota sin que las partes estén de acuerdo, no se tiene que hacer vía judicial?.

Que se puede hacer en éste caso.

Gracias por su ayuda.


Sugiero la lectura de la Ley Orgànica de la Procuradurìa General de la Repùblica: Aquì dejo un artìculo. Es decir que la PGR, impone cantidad en concepto de alimentos o alimentos provisionales; porque tiene esa facultad.

Suerte...

Alimentos Provisionales
Art. 65.­  Concluida la  audiencia  conciliatoria  sin  que exista acuerdo,  se procederá a fijar alimentos  provisionales, si  se encuentra fundamento razonable  al  respecto.  Sí  se considera
necesario, se ordenará la realización de investigación socio­económica  a efecto de determinar el 
grado de necesidad de los alimentos y la capacidad de pago del alimentante, pudiendo las partes 
oportunamente aportar las pruebas que juzguen necesarias, previo señalamiento de la fecha y hora
para la presentación de las mismas. 
En caso que se solicite modificación de la  cuota alimenticia, se procederá de conformidad
con el  procedimiento anterior,  modificando la  cuota alimenticia  según el merito de las  pruebas  e
indagaciones pertinentes. 
En los casos de cesación de la obligación alimenticia, se procederá siempre de conformidad
al procedimiento anteriormente señalado en lo que fuere aplicable. 
El siguiente usuario dijo gracias: Bayona

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24 Mar 2015 08:27 #4 por faith
Respuesta de faith sobre el tema Cuota de alimentos PGR
Muchas gracias por su ayuda.

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