Que normativa juridica regula el uso de baños solo para mujeres y solo para hombres?
Pues si en una empresa de trabajo el Jefe quiera dejar que existan baños para mujeres y para hombres, a que solo haya uno solo y que este sea ocupado tanto por mujeres como por hombres.
De ante mano cualquier aporte se agradece.
Antes no existian, pero actualmente las leyes reglamentos relacionadas con seguridad ocupacional establecen en que casos deben de existir baños para hombres y mujeres.
Buenas tardes, con respecto a su pregunta: el cuerpo normativo que regula es el REGLAMENTO GENERAL SOBRE SEGURIDAD E HIGIENE EN LOS CENTROS DE TRABAJO como REGLAMENTO GENERAL DE PREVENCIÓN DE RIESGOS EN LOS LUGARES DE TRABAJO, ahí podrá encontrar en el capitulo VI art. 35 la obligación que todo centro de trabajo tiene que estar provisto de servicios sanitarios para mujeres y separados de los hombres.
Y el encargado de velar por el cumplimiento y verificación de lo anterior es Departamento de Seguridad e Higiene Ocupacional.