solitando tutela de menor

06 Abr 2015 21:51 #1 por gedeon
solitando tutela de menor Publicado por gedeon
hola necesito su ayuda ya que un cliente se me acerca y necesita se le atribuya la tutela de una menor la madre esta de acuerdo con esto pero el padre se encuentra en los estados unidos ante esto que es lo que procede y cual es el proceso a seguir para que ella pueda tener la tutela de la menor, gracias

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07 Abr 2015 10:23 #2 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema solitando tutela de menor

gedeon escribió: hola necesito su ayuda ya que un cliente se me acerca y necesita se le atribuya la tutela de una menor la madre esta de acuerdo con esto pero el padre se encuentra en los estados unidos ante esto que es lo que procede y cual es el proceso a seguir para que ella pueda tener la tutela de la menor, gracias


Los padres NO deberían de estar de acuerdo en otorgar "la tutela" de sus hijos. Eso me parece hasta atentatorio a los derechos de los niños y niñas. Si el padre o madre es una persona perfectamente sana y capaz de desempeñarse en un empleo u oficio que le permita satisfacer las necesidades primarias de sus hijos, no deberìa "estar de acuerdo" en delegar sus responsabilidades.

Pero como los motivos no los conozco, lo anterior es una mera opinión personal... claro¡¡¡ esta no fue solicitada; pero tenia que expresarme...

La única manera que puede nombrarsele a una persona "tutor de un niño o niña", es siguiendo el proceso de perdida de autoridad parental y nombramiento de tutor.

En la demanda se deberá expresar los hechos en los que fundamenta la causal que invocará (art. 240 y siguientes del Código de Familia), al probarse en el proceso la causal alegada; deberá además plantear en la demanda la pretensión del nombramiento de tutor o tutora (art. 272 y siguientes del Código de Familia). En cuanto al padre la demanda deberá promoverse por domicilio ignorado; y en contra de la madre deberá tenerse cuidado; porque NO puede esta ALLANARSE a la pretensiones que se planteen en la demanda de perdida de autoridad parental.

Si es de aquellos casos que el niño o niña, ha sido prácticamente criado por quien pretende ser su tutora, se siga mejor el camino de la adopción; porque ahí si basta con el consentimiento de la madre; a quien no se le someterá a todo el proceso de la perdida de la autoridad parental; y con relación al padre ausente será un delegado de la señora Procuradora quien asuma su representación y quien vele por los intereses y derechos del niño o niña.

Suerte...

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