sobre el matrimonio cuando es menor de edad

31 Mar 2011 15:13 #1 por marilu
Tengo la duda si cuando se realiza un matrimonio y en el caso ella es menor de edad los padres de ella deben tambien firmar la escritura de matrimonio o solo el asentimiento. gracias.

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31 Mar 2011 15:29 #2 por Mercy
Respuesta de Mercy sobre el tema Re: sobre el matrimonio cuando es menor de edad
Pues en los que he realizado, firman la escritura y el acta pre matrimonial.
Ojo te aconsejo que menciones que el notario conoce a los menores.....

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31 Mar 2011 15:47 #3 por Yaky
Respuesta de Yaky sobre el tema Re: sobre el matrimonio cuando es menor de edad

marilu escribió: Tengo la duda si cuando se realiza un matrimonio y en el caso ella es menor de edad los padres de ella deben tambien firmar la escritura de matrimonio o solo el asentimiento. gracias.



Os saludo Amiga Colega MARILU

- Los padres dan el asentimiento en el Acta Prematrimonial y por lo tanto la firman junto con los que pretenden contraer matrimonio.

- En la escritura matriz de Matrimonio Civil solo firman los contrayentes y los testigos.

NOTA IMPORTANTE: Lo que si va en la escritura matriz de Matrimonio Civil de un menor es la prueba de cómo se subsana la prohibición de casarse que los afecta; ejemplo: esta prohibicion se subsana porque los contrayentes tienen una hija en común y lo comprueban con la certificación de la partida de nacimiento del hijo que tienen en común, se relaciona en la escritura. O si el caso es que la contrayente esta embarazada se hace mención de que con eso se subsana la prohibicion que existe para casarse y se relaciona la certificación médica con que se prueba que esta embarazada.

Espero haber sido de tu ayuda

YAKY®
El siguiente usuario dijo gracias: kenihernandez, marilu, Moli

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31 Mar 2011 15:51 #4 por Yaky
Respuesta de Yaky sobre el tema Re: sobre el matrimonio cuando es menor de edad
Se me quedaba en el tintero...

También en la escritura matriz de Matrimonio Civil de menor de edad se relaciona que en el acta prematrimonial se CONSIGNO EL ASENTIMIENTO otorgado por los padres del menor.

YAKY®
El siguiente usuario dijo gracias: JURISTA, kenihernandez

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02 Abr 2011 13:31 #5 por marilu
Respuesta de marilu sobre el tema Re: sobre el matrimonio cuando es menor de edad
muchas gracias por su colaboracion, muy buena informacion

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03 Abr 2011 21:58 #6 por pekozoo luna
Respuesta de pekozoo luna sobre el tema Re: sobre el matrimonio cuando es menor de edad
Espero les sirva está en el Código, saluditos

IMPEDIMENTOS ABSOLUTOS
Art. 14.- No podrán contraer matrimonio:

1o) Los menores de dieciocho años de edad;
2o) Los ligados por vínculo matrimonial; y,
3o) Los que no se hallaren en el pleno uso de su razón y los que no puedan expresar su consentimiento de manera inequívoca.

No obstante lo dispuesto en el ordinal primero de este artículo, los menores de dieciocho años podrán casarse si siendo púberes, tuvieren ya un hijo en común, o si la mujer estuviere embarazada.



REGLA ESPECIAL PARA LOS MENORES
Art. 18.- Los menores de dieciocho años que de conformidad a este Código pueden casarse, deberán obtener el asentimiento expreso de los padres bajo cuya autoridad parental se encontraren. Si faltare uno de ellos bastará el asentimiento del otro; pero faltando ambos, los ascendientes de grado más próximo serán los llamados a darlo, prefiriéndose aquéllos con quienes conviva el menor. En paridad de votos, se preferirá el favorable al matrimonio.
Cuando el menor se encontrare sujeto a tutela y no tuviere ascendientes, el asentimiento deberá darlo su tutor; y si fuere huérfano, abandonado, o de filiación desconocida, requerirá el asentimiento del Procurador General de la República.


CAUSAS QUE JUSTIFICAN EL DISENSO
Art. 19.- La negativa del asentimiento para que un menor pueda contraer matrimonio, sólo se justificará cuando en cualquiera de los que pretendan contraerlo concurra alguna de las causas siguientes:

1a) Existencia de alguno de los impedimentos o prohibiciones para contraer matrimonio;
2a) Vida licenciosa, o pasión por los juegos prohibidos o afición al consumo de drogas, estupefacientes o alucinógenos, o embriaguez habitual;
3a) Haber sido privado de la autoridad parental, por sentencia ejecutoriada en un proceso penal o familiar;
4a) Padecer enfermedad que ponga en peligro la vida o la salud del menor o de su prole.

También podrá negarse el asentimiento por no tener ninguno de los dos medios económicos actuales para el competente desempeño de las responsabilidades del matrimonio.
Cuando la negativa fuere injustificada, el juez dará la autorización a pedimento del menor.



IDENTIFICACION Y COMPARECENCIA DE MENORES
Art. 22.- Los menores de dieciocho años que carecieren de documentos de identidad, si no fueren conocidos del funcionario autorizante, serán identificados por medio de dos testigos y comparecerán acompañados de quienes deban dar el asentimiento, del cual se dejará constancia en el acta a que se refiere el artículo anterior. El asentimiento también podrá constar en instrumento público o privado autenticado que se agregará al expediente matrimonial.


DOCUMENTOS ESPECIALES
Art. 23.- Los interesados, en sus respectivos casos, también deberán presentar para ser agregados al expediente matrimonial, los documentos siguientes:

1o) El instrumento legal en que conste su edad media;
2o) Certificación de la partida de defunción de quien fue su cónyuge;
3o) Certificación de la partida de divorcio o de la sentencia ejecutoriada que declare la nulidad del matrimonio;
4o) Certificación de las partidas de nacimiento de los hijos comunes que reconocerán;
5o) Constancia médica extendida por una entidad pública de salud, con la que se compruebe que la mujer menor de dieciocho años esta embarazada, o de que no lo está la mujer que va a contraer nuevas nupcias, si se encontrare en el caso del artículo 17;
6o) Certificación de la sentencia ejecutoriada que apruebe las cuentas del guardador y en su caso, el recibo donde conste auténticamente el pago del saldo que hubiere resultado en su contra; y,
7o) Documento legalizado donde conste el poder especial para contraer matrimonio.

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12 Feb 2013 03:32 #7 por SOSA1189
Respuesta de SOSA1189 sobre el tema Re: sobre el matrimonio cuando es menor de edad
gracias

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16 Nov 2014 17:24 #8 por CecibelL
Respuesta de CecibelL sobre el tema sobre el matrimonio cuando es menor de edad
En el caso que sean los abuelos los que den el asentimiento, debe incorporarse en las diligencias las certificaciones de partida de defunción de los padres y la de nacimiento de uno de ellos para probar la filiacion de la que habla el art. 18 del código de familia.?

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