Derecho romano

13 Abr 2011 03:11 #1 por Fairylegal
Derecho romano Publicado por Fairylegal
HOLA, ESTOY HACIENDO UN ENSAYO SOBRE LA OBLIGATIO EN EL DERECHO ROMANO RELACIONADO CON EL DERECHO CIVIL Y DE OBLIGACIONES ACTUAL. SI ALGUIEN TIENE INFORMACIÓN O ALGUNO DE USTEDES HAYA HECHO ALGUN TRABAJO PARECIDO POR FAVOR AYUDENME. GRACIAS!!!

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19 Abr 2011 18:52 #2 por pekozoo luna
Respuesta de pekozoo luna sobre el tema Re: Derecho romano
LA OBLIGATIO ROMANA: CONCEPTO Y ORIGENES
Segun Torrent en su sentido amplio: la obligación es una relación jurídica en virtud de la cual una persona que es el acreedor tiene la facultad de exigir de otra un determinado comportamiento positivo o negativo que es la prestación de cuyo cumplimiento responde en última instancia el patrimonio del deudor.
Las obligaciones junto con los derechos reales forman en su conjunto los denominados derechos patrimoniales , a diferencia de los derechos reales que representan derechos absolutos y que deben ser observados y respetados por todos atribuyendo en favor de su titular una actio in rem ejercitable erga omnes y frente a cualquiera que perturbe la utilización de la cosa en cambio los derechos de obligación solo vinculan a dos personas , acreedor y deudor y facultan al acreedor para exigir el pago de la deuda únicamente de su deudor y además atribuyen al acreedor la actio in personam que solo puede ejercitar contra una persona determinada que es el deudor , en base a una relación anterior constituida por la anterior.
En los textos de Gayo y de Paulo aparece como posibilidades del objeto de la obligación los siguientes:
- DARE: ( dar ) Se dirige a la constitución o transmisión de un derecho real o a la entrega de la posesión de la cosa.
- FACERE: ( hacer ) Comprende cualquier actividad que el deudor debe realizar al acreedor.
- PRAESTARE: Que puede ser comprensiva de las dos anteriores y sobre todo de la asunción por parte del deudor de una garantía para el supuesto de incumplimiento.
OBLIGACION
En las instituciones de Justiniano aparece definida la obligación como el vinculo jurídico por el que estamos constreñidos a realizar una determinada prestación según el ordenamiento de nuestra ciudad.
Originariamente en la época primitiva, la obligación consistía en la sujeción material y efectiva del deudor por el acreedor se denominaba: Autoemancipacion, del deudor al acreedor, respondiendo el deudor con su propia persona del cumplimiento de la obligación.
Solo a partir de la Lex Poeteria Papiria del 326 a.c la obligación deja de representar una sujeción material para convertirse en un vinculo jurídico, o sea en un concepto abstracto. También a partir de esta ley se sustituye la ejecución por incumplimiento sobre la persona del deudor por la ejecución limitada al patrimonio del deudor.
Orígenes: Las figuras más antiguas de la obligatio fueron las siguientes: Sponsio y Nexum.
La Sponsio: Era un rito muy antiguo que en un principio se fundó en la fuerza religiosa de un juramento realizado por el promitente o sponsor ante los dioses. A partir de las 12 tablas esta vinculación religiosa que si se incumplía conllevaba también una sanción se convertía en un deber laico y civil reconocido por el ordenamiento y cuyo incumplimiento se atribuía al receptor de la promesa incumplida la posibilidad de tener una actio ante el promitente.
El Nexum: Que era una figura jurídica por cuya virtud el deudor se mancipaba asi mismo al acreedor entrando en su mancipium , permaneciendo dicho deudor materialmente sujeto y obligado al acreedor mientras no pagase la deuda o no pagase otra persona por él . Solo a partir de esta lex la obligación no se configuraría como vinculo jurídico.
EL PROBLEMA DE LA OBLIGATIO EN LA DOCTRINA ROMANISTICA
Segun Torrent las tesis mantenidas en orden al concepto de obligación pueden reducirse en dos grupos:
1 Teorías Materialistas
Son sostenidas por aquellos romanistas que estiman que la obligación nace de una relación materia de sujeción de una persona a otra. Se dividen en:
- Representada por Perozzi y defiende el origen material. Según este autor la obligación romana es una especia de servidumbre natural y representa un vinculo nacido en las relaciones entre diversas gentes.
- Representada por Brinz para el que el concepto de obligación nace de la fusión de dos elementos:
1 Debito: del deber que incumbe a una persona de cumplir la prestación con respecto de otra.
2 Responsabilidad: Para el supuesto de incumplimiento del debito.
Para Torrent en Roma no se dio esta distinción entre Debito y responsabilidad y cuando en una época posterior la obligación se convierte en un vínculo jurídico se fusionan ambos elementos.
- Representada por Ihering y Luzzato: Para esta doctrina la obligación nacería del debito.
- Representada por Betti : Estimo que el origen de la obligación reside en el contrato.
2 Teorías Espiritualistas
Representada por aquellos romanistas tales como Hägerstrom que supone que la obligación en principio no nació de una vinculación material sino una vinculación espiritual mágico-religiosa.
LAS FUENTES DE LAS OBLIGACIONES
Son fuentes aquellos hechos jurídicos a los que el ordenamiento romano atribuía la eficacia de hacer surgir un vinculo obligatorio entre 2 o más personas.
En la primera época Republicana era muy restringido el numero de hechos reconocidos como generadores de obligaciones pero con el creciente desarrollo económico y comercial se fue ampliando su número.
En el derecho clásico fuentes de obligación solo podían serlo aquellos específicamente determinados por el Ius Civile porque las obligaciones protegidas por el Pretor y contempladas en el ius honorarium no eran técnicamente obligaciones sino que tan solo se encuadraban dentro del concepto de Actione Teneri.
En la época clásica como pone de relieve Gayo , son fuentes de obligaciones:
- El contrato, representado por las diversas manifestaciones de voluntad bilaterales dirigidas a poner en vida una obligación entre las partes.
- El delito, que es el acto ilícito y siempre que se tratase de los siguientes delicta: Furtum, iniuria, Damnum iniuria datum, rapina. Y que generara alguna responsabilidad y por consiguiente una obligación.
Una vez cometido un delito la victima del daño podía pretender una reparación que consistía en una pecuniaria.
En la época postclásica aumentan las fuentes de obligaciones tales como los contratos, delitos y varias figuras de causas que nacen de actos y de hechos diversos.
En la época Justinianea , las instituciones de Justiniano admiten como fuentes de obligación los contratos , los cuasi-contratos, los delitos y los cuasi-delitos.

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20 Abr 2011 10:59 #3 por common law
Respuesta de common law sobre el tema Re: Derecho romano
Hola. en internet esta el libro: Tratado Elemental de Derecho Romano, de Eugene Petit, pero yo no lo he podido descargar, talvez usted pueda, este creo que es un libro muy completo que le puede ayudar.
Saludos,

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20 Abr 2011 22:08 #4 por cacojuridico
Respuesta de cacojuridico sobre el tema Re: Derecho romano

En nombre de Dios y en nombre de este sufrido pueblo, cuyos lamentos suben hasta el cielo cada día más tumultuosos, les suplico, les ruego, les ordeno en nombre de Dios: Cese la represión. (Mons. Romero)

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23 Abr 2011 17:36 #5 por Fairylegal
Respuesta de Fairylegal sobre el tema Re: Derecho romano
Muchisimas gracias cacojurídico!!

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23 Abr 2011 17:36 #6 por Fairylegal
Respuesta de Fairylegal sobre el tema Re: Derecho romano
Muchas gracias common law, lo pude descargar :) si gusta se lo posteo

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23 Abr 2011 17:37 #7 por Fairylegal
Respuesta de Fairylegal sobre el tema Re: Derecho romano
Gracias pekozoo luna :)

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25 Abr 2011 03:00 #8 por common law
Respuesta de common law sobre el tema Re: Derecho romano
Me alegro que lo pudiera descargar y si me lo puede proporcionar, sería magnífico, muchas gracias.

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