Hola a tod@as, pidiendo ayuda de su experiencia en materia de familia, quisiera saber como se lleva a cabo la audiencia de sentencia en un juicio de divorcio por separacion con la demandada de paradero desconocido, como comienza, como transcurre, quienes intervienen, en el desarrollo de las preguntas que se le hacen a los testigos, les agradezco como siempre de antemano por su valiosa colaboración!!
colega: me recuerda la primera vez que fui a una audiencia de sentencia, y es que le pregunte al colega que papel desempenar en el desarrollo de la misma. Oyeme, las personas que intervienen son el senor juez o jueza junto a su secretaria o secretario de actuaciones, el procurador de familia adscrito al tribunal, ud y sus testigos.
El senor juez declara abierta la audiencia leyendo toda la solicitud que usted presento, al terminar de leer inmediatamente le da la palabra a usted no sin antes haber hablado con los testigos y juramentarlos, a estos los hara pasar uno a uno y usted sera la encargada de interrogarlos. al darle la palabra ud, se identifica y saluda en orden de los que estan presentes, y empieza a interrogar a los testigos, uno por uno. una recomendacion que yo le haria es que lleve las preguntas que le hara a cada testigo y que antes de entrar a la audiencia hable con ellos y les pregunte unas dos vecesa tal como estan. luego del interrogatorio suyo procedera la contarparte a interrogar a los testigos y si lo cree conveniente el senor juez tambien lo hara, pasado ek interrogatorio de los testigos el senor juez le dara la palabra a ud para que de sus alegatos, a lo que tiene que prepararse, y luego pues hacer la peticion que usted estima conveniente ratificando en todo y cada una de sus partes la solicitud presentada con fecha tal............ espero que le sirva de muchiisimo porque yo hubiera querido algo semejante....
El siguiente usuario dijo gracias: Yaky, castro1, JURISTA, Guardado, Pasante, suley, saru, El Aprendiz, justicia1
MUCHAS GRACIAS POR EXPLICARNOS EL DESARROLLO DE UNA AUDIENCIA DE SENTENCIA EN MATERIA DE FAMILIA YA QUE EN LAS AUDIENCIAS ES UN POCO MAS RESTRINGUIDO EL ACCESO DE ESTUDIANTES AL DESARROLLO DE LA AUDIENCIA SOBRE TODO POR LOS DERECHOS QUE ALLI SE DISCUTEN, CONTRARIO PASA CON LAS AUDIENCIAS DE PENAL, EN ESE SENTIDO SE AGRADECE AL COLEGA EL TOMARSE EL TIEMPO PARA DESCRIBIRNOS DE UNA FORMA CLARA Y CONCRETA LOS EVENTOS QUE SE DAN EN DICHA AUDIENCIA.
Les puedo mencionar ademàs que aun cuando el desarrollo de la audiencia de sentencia, se describe y establece en el Còdigo, existen muchas variantes; como la interposiciòn de un recurso; cuando la contraparte objeta una pregunta; cuando una de las partes requiere la presencia de alguno de los profesionales del equipo multidisciplinario o cuando debe resolverse una excepciòn... Y si le sumamos que los jueces estan utilizando lo que corresponde del Còdigo de Procedimientos Civiles y Mercantiles... se ponen màs interesantes; porque la prueba que se debe hacer valer desde una simple partida de matrimonio hasta la declaraciòn de un testigo deben justificarse.... y esto aùn cuando se hace haya en la audiencia preliminar; algunos jueces exigen que el testigo declare solo sobre aquello que se afirmo podìa declarar... por eso la audiencia de sentencia debe preparse desde la preliminar...
Se lee complicado pero es interesante... y sobre todo la practica es la que les dara la seguridad... Solo aquel que trabaja mucho comete errores... pero de estos se aprende...
El siguiente usuario dijo gracias: Yaky, Guardado, suley
Amigo Colega NELSONISAI gracias por describir una Audiencia de Sentencia es una importante guia que en algun momento nos sera de utilidad. gracias mil por compartir tu experiencia.
Supongo que igual seria el desarrollo de una audiencia de sentencia de diligencias de adopcion de mayor de mayor de edad.-
¿Que tipo de preguntas se podrá hacer a los testigos en un caso asi?
En ese tipo de diligencias generalmente solo el juez, pregunta si ratifican su deseo de uno de ser adoptado y del otro de ser adoptante; y ya... No se requiere de la intervenciòn de testigos.
Y si en un extraño caso algùn juez, requiera de la declaraciòn de los testigos estos deberàn dejar constancia que conocen al adoptante y al adoptado. Que les consta que entre ellos han existido las relaciones propias de los padres con los hijos... entre otros.
Basìcamente deberàn confirmar lo que en la solicitud se planteo como fundamento de hecho...
Suerte...
El siguiente usuario dijo gracias: suley, emyc0227
disculpe que abuse de su ayuda NVramirez, pero tengo mucho interes en este tema, ya que los interesados son abuelo y nieta que quieren seguir estas diligencias de adopción de mayor de edad.
Cuanto tiempo pasa entre que uno presenta la demanda y que citen para audiencia, que procesos hay o solo la audiencia de sentencia?
Le agradecere muchisimo me pueda ortientar mas al respecto, ya que para serle honesta me da un poco de temor estar en una audiencia, no se como controlar eso, el hecho de sentir que quiza me voy a equivocar.
suley escribió: disculpe que abuse de su ayuda NVramirez, pero tengo mucho interes en este tema, ya que los interesados son abuelo y nieta que quieren seguir estas diligencias de adopción de mayor de edad.
Cuanto tiempo pasa entre que uno presenta la demanda y que citen para audiencia, que procesos hay o solo la audiencia de sentencia?
Le agradecere muchisimo me pueda ortientar mas al respecto, ya que para serle honesta me da un poco de temor estar en una audiencia, no se como controlar eso, el hecho de sentir que quiza me voy a equivocar.
gracias de todas formas por su comentario.
Le sugiero primero verificar la jurisprudencia sobre este tipo de casos; porque mucho se ha discutido en el foro que no son procedentes las adopciones entre abuelos y nietos, porque entre ellos ya existe parentezco. Pero al tratarse de mayor de edad, existe una posibilidad por razones pràcticas que si sea pertinente la adopciòn.
Sugiero entonces que verifique jurisprudencia en el caso de adopciones entre abuelos y nietos cuando estos ùltimos son mayores de edad; porque yo, solo he tramitado uno, y precisamente porque se pretendìa residir en el extranjero y este tramite fue requerido por las autoridades migratorias del paìs donde se pretendìa residir; y explicandole eso a la jueza y enseñandole la documentaciòn pertinente se declaro ha lugar las pretensiones de mis clientes.
Pero NO en todos los casos es igual. Por eso le sugiero que revise jurisprudencia.
En la admisiòn de la solicitud hacen de una vez el señalamiento de audiencia de sentencia. Si es que la misma no tiene ninguna prevenciòn. Y dependiendo del calendario del tribunal esta audiencia es programada dentro de los 10 y 20 dìas hàbiles siguientes a la notificaciòn de adminisiòn y señalamiento de audiencia. Y si tiene miedo a equivocarse precisamente revisar la jurisprudencia la haran sentir màs segura.