El Bien de Familia,,materia familiar.

15 Sep 2011 02:38 - 15 Sep 2011 02:39 #1 por oscar0277
El Bien de Familia,,materia familiar. Publicado por oscar0277
Un saludo comunidad jurídica salvadoreña.

Hasta donde he leído, en el Código de Familia se regula el Bien de Familia. El cual expresa que el inmueble que sirve de habitación a la familia no puede ser gravado o enajenado. Pero debe ser declarado por el Juez competente; para que se inscriba en el CNR como Bien de Familia.

dicho lo anterior, expongo el CASO:

1. Gladis casada con Raúl y procrean 1 hijo
2. Raúl esta pagando una casa de las de Salazar Romeo, de la cual aún debe 10,000 dólares
3. Raúl se separa de Gladis, pues esta enamorado de Carmen y se acompaña con ella.
4. Raúl decide vender el derecho de la casa que aún le debe al banco
5. Raúl encuentra al comprador y cede el derecho sobre la casa
6. Gladis no tiene casa más que la que estan habitando en ese momento
7. Gladis se entera que Raúl ha negociado el derecho sobre la casa

PREGUNTA

qué tiene que hacer Gladis para conservar el inmueble el cual sirve de habitación para ella y su menor hijo?

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15 Sep 2011 13:13 #2 por pekozoo luna
Respuesta de pekozoo luna sobre el tema Re: El Bien de Familia,,materia familiar.
Bueno amigo forista sólo te dejo las últimas reformas que te pueden ayudar:


“Protección a la vivienda familiar

Art. 46.- Los cónyuges, cualquiera que sea el régimen patrimonial del matrimonio, podrán constituir el derecho de habitación para el grupo familiar en un determinado inmueble, o en una parte del mismo, si fuere de fácil división. LA ENAJENACIÓN y constitución de derechos reales o personales SOBRE EL INMUEBLE QUE SIRVE DE HABITACIÓN A LA FAMILIA NECESITA DEL CONSENTIMIENTO DE AMBOS CÓNYUGES, y se podrá realizar siempre y cuando beneficie directamente al grupo familiar, SO PENA DE NULIDAD.


inciso quinto del artículo 216,
“Siempre que la o él juez CONFÍE EL CUIDADO PERSONAL de la o él hijo, fijará la cuantía de los alimentos con que los padres deberán contribuir, de acuerdo a sus respectivas posibilidades; ASÍ MISMO, establecerá que a la o él cónyuge al que se le hubiere confiado el cuidado personal de las y los hijos, LE CORRESPONDERÁ EL USO DE LA VIVIENDA FAMILIAR de conformidad con el artículo 46 de la presente ley”.


Art. 10. (del decreto) Las presentes disposiciones se consideran de orden público.



Bien en el primero de los artículos (46), se dispone que LA ENAJENACIÓN precisamente del inmueble que sirve de vivienda familiar DEBERÁ contar con EL CONSENTIMIENTO de los DOS CÓNYUGES, (cosa que NO sucedió en el caso planteado)
Ahora bien, y dispone que de ser como en tu caso, estará PENADO CON NULIDAD, es decir esa ENAJENACIÓN sin el consentimiento del "otro cónyuge" ES NULA.

El segundo de los artículos )216), dispone que si tu cliente solicita el cuidado personal y el juez se lo confía, DEBERÁ además disponer el juez que LE CORRESPONDE el USO de la VIVIENDA FAMILIAR, como protección para ella y su hijo.

Así que puedes utilizar ambos artículos reformados.

Por último, pero no menos importante, es que ESAS DISPOSICIONES (reformas) fueron declaradas de ORDEN PÚBLICO, y el efecto legal consiguiente de ello me imagino que lo conoces.

Y si no lo sabes, recordemos el inciso Primero del Art. 21 de la Constitución de la República:

ARTÍCULO 21.- LAS LEYES NO PUEDEN TENER EFECTO RETROACTIVO, SALVO EN MATERIAS DE ORDEN PÚBLICO, y en materia penal cuando la nueva ley sea favorable al delincuente.


Espero te sirva esta información.-
El siguiente usuario dijo gracias: coleguita, Pasante

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15 Sep 2011 23:22 #3 por kenihernandez
Respuesta de kenihernandez sobre el tema Re: El Bien de Familia,,materia familiar.
Bien la informacion de Pekozoo luna.

Muy bien las reformas vienen ha ayudar a la Familia, para llegar a obtener esa proteccion es necesario cumplir varios requisitos y uno de ellos es que la casa se encuentre inscrito el inmueble en el cnr a favor de uno de los conyuges.

Pero en el caso que plantea nuestro amigo, esta algo dificil beneficiarse con la proteccion del bien de familia, porque suceden varias cosas.

Primero, solo posee el derecho, muchas veces ese tipo de compras no estan inscritas solo estan con un simple contrato, y eso imposibilita que las disposiciones en mencion se puedan utilizar.

Dicho lo anterior, no expresas la situacion juridica de la vivienda.

Ahora bien, bien la solucion que te proporciona nuestro amigo pekoso luna es buena; pero tienes otra solucion en vista que no este inscrito el inmueble, solicita el divorcio si prodoce o si no demanda por alimentos y propones que la cantidad que se determine como cuota alimenticia sea la que se paga del credito del inmueble(Asi podras obligar al conyuge a terminar de pagar la vivienda), para asi proporcionar vivienda a tu cliente y su hijo, y sea ella quien corra los gastos de alimentos, en la demanda debes solicitar el cuidado personal a favor de tu cliente y que el inmueble se grabe como bien de familia.


"Todo puedes pedirlo ante un tribunal, sera el tribunal quien decida si procede otorgarlo".

Keni Hernández
Abogado y Notario
Inf. 7426-3170
Mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

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16 Sep 2011 00:04 #4 por oscar0277
Respuesta de oscar0277 sobre el tema Re: El Bien de Familia,,materia familiar.
Hola cómo les va colegas, espero que disfrutando de éste día.

Todo la info.. que uds. han compartido es muy valiosa para la resolución del caso expuesto.
Colegas, les pregunto.
Al cancelar la totalidad del valor de la casa quien sería el titular o propietario ?
a) Raúl
b) Gladis y su hijo
c) el comprador del derecho

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15 May 2013 17:14 #5 por sidernes
Respuesta de sidernes sobre el tema Re: El Bien de Familia,,materia familiar.
Tengo una consulta sobre esta ley en un caso diferente

Juana y Francisco un matrimonio, Francisco biaja a Estados unidos como indocumentadodo y permanece en ese pais hasta la fecha pero tiempo antes de su biaje, Francisco hace un prestamo sobre un terreno de su propiedad en el banco BFA, ocupa de fiador a su esposa sin consultarle posiblemente alguien del banco le ayudo hacer ese fraude, el credito bence en 2012 y el banco le informa a Juana que embagara la propiedad de Francisco y la de Juana, la propiedad de Juana es una casa construida por fundesa despues de los terremtos en un terreno que recibio como erencia de su padre Juana no puede pagar un abogado.

¿Que puede hacer juana?
¿Bien de familia puede evitar que pierda su hogar?

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16 May 2013 13:30 #6 por kenihernandez
Respuesta de kenihernandez sobre el tema Re: El Bien de Familia,,materia familiar.

sidernes escribió: Tengo una consulta sobre esta ley en un caso diferente

Juana y Francisco un matrimonio, Francisco biaja a Estados unidos como indocumentadodo y permanece en ese pais hasta la fecha pero tiempo antes de su biaje, Francisco hace un prestamo sobre un terreno de su propiedad en el banco BFA, ocupa de fiador a su esposa sin consultarle posiblemente alguien del banco le ayudo hacer ese fraude, el credito bence en 2012 y el banco le informa a Juana que embagara la propiedad de Francisco y la de Juana, la propiedad de Juana es una casa construida por fundesa despues de los terremtos en un terreno que recibio como erencia de su padre Juana no puede pagar un abogado.

¿Que puede hacer juana?
¿Bien de familia puede evitar que pierda su hogar?



Juana puede ir a la procuraduria y ahi le daran la respectiva ayuda. EL bien de familia, no es para evitar deudas.

Keni Hernández
Abogado y Notario
Inf. 7426-3170
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09 May 2014 12:13 #7 por navarretelex
Respuesta de navarretelex sobre el tema El Bien de Familia,,materia familiar.
ALGUIEN SERIA TAN AMABLE DE COMPARTIRME UN MODELO DE ESCRITURA DE CONSTITUCION DE DERECHO DE HABITACION PARA VIVIENDA FAMILIAR. SE LOS AGRADECERIA MUCHO
El siguiente usuario dijo gracias: s_chicas

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