Colegas, ¿consideran ustedes que es bueno para nuestro sistema el que los divorcios por mutuo consentimiento los tenga que conocer los notarios, ya que estos son voluntarios entre las partes?
A mi consideración NO por el simple hecho que debe ventilarse judicialmente, por muy autonomía de la voluntad que exista; ya que el Juez de Familia, es el que debe de garantizar los derechos que el Código de Familia, establece para los cónyuges y más aun cuando hay hijos procreados en común, porque en muchos casos uno de los cónyuges por desconocimiento de las leyes, han sido vulnerados de esos derechos.
de acuerdo con el compañero pasante,por que recordemos que no estan de mutuo consentimiento como pudiera pretnderse, en vista que el mismo (divorcio) se sujeta a las formalidades que regula elarticulo 108 del codigo de familia, donde existen intereses superiores como el de los menores que podrian prestarse para malas interpretaciones de las partes y el mismo notario, en este tipo de decisiones(interes de menores, cuotas alimenticias, vivienda etc.) es necesaria la intervencion tutelar del Estado a travez de la facultad de juzgar y ejecutar lo juzgado que exclusivamente tiene los jueces segun el art.174 de la Costitucion...
estoy de acuerdo con los anteriores comentarios, su bien es cierto hay autonomia de la voluntad en este caso no solo se refiere a los intereses de los conyuges ya que en muchos caso hay hijos en comun los cuales deben tener proteccion en sus derechos y el ente mas capacitado por asi decirlo seria los jueces en mi opinion.