Agradeceria que me saquen de una duda, si un poder general judicial con clausulas especiales, otorgado con el Código de Procedimientos Civiles, antes de la entrada en vigencia del Código Procesal Civil y Mercantil, puede ser utilizado en un proceso inciado en el 2012 con el nuevo codigo?
YO PIENSO QUE SI...PUES LA LEY NO ES RETROACTIVA...PERO LO LOGICO ES QUE SOLICITES UNO NUEVO SI ESE ES MUY VIEJO...YA QUE SE CORRE EL RIESGO QUE EL PODERDANTE YA HAYA EXTENDIDO UNA NUEVO A FAVOR DE OTRA PERSONA AUNQUE NO LO HAYA REVOCADO EN LEGAL FORMA...MI CONSEJO ES QUE OTORGUE UNO NUEVO Y TE CURAS EN SALUD!
leyesita tien la razon, pero los juzados e institucioens ya no lo acpetan asi que mejor pide uno nuevo antes que pases por la penosa situacion de perder tu valioso tiempo.