TENGO DOS PREGUNTAS:PARA QUE Y PORQUE SE DEBE CONSIGNAR LA EXTENSIÓN SUPERFICIAL DEL INMUEBLE.
LA OTRA ES EN QUE CASO SE DESCRIBE EL INMUEBLE (O SEA LA DESCRIPCIÓN TÉCNICA) Y QUE CASOS NO PARECE QUE EXISTEN CUATRO CASOS EN LOS QUE NO SE DESCRIBE EL INMUEBLE CUALES SON?
-PARA QUE CONSIGNAR LA EXTENSIÓN SUPERFICIAL DEL INMUEBLE.R/ Con ello, lo que haces es la identificación "fisica" por llamar de esa manera del inmueble de sus linderos, las persona con las cuales colinda etc.
-PORQUE SE DEBE CONSIGNAR LA EXTENSIÓN SUPERFICIAL DEL INMUEBLE.R/ Como los inmueble dependen del precio de la extención que se tiene, así sera su valor, para ello se trabaja mediante valuo que da un perito depende de cuento mide así sera su precio.
-EN QUE CASO SE DESCRIBE EL INMUEBLE (O SEA LA DESCRIPCIÓN TÉCNICA)
-Diligencias de Deslinde Nesesario o Voluntario.
-Compra venta.
-Mutuo Hipotecario.
-Donaciones.
-Retroventa.
-QUE CASOS NO PARECE QUE EXISTEN CUATRO CASOS EN LOS QUE NO SE DESCRIBE EL INMUEBLE CUALES SON?... 1-Cancelaciones de Hipoteca no se describe el mismo, solo se menciona el inmueble y el numero de matricula. los demas te los debo jajaja...
Al parecer son más de dos Preguntas Caty.
Última Edición: 01 Oct 2012 16:49 por Alejandro10.4. Razón: coreccion de Orto
Si son mas de dos preguntas verdad =) muchas gracias por ayudarme con esto mira que he tratado de averiguar y no encuentro los cuatro casos en los que no es necesario describir el inmueble
otro caso en el cual no es nesario describir el inmuble es cuando otorgas un poder, es aceptable hacer referencia unicamente a la ubicación,capacidad superficial, y numero de inscripció