Espero me puedan ayudar, necesito la base legal para la sucesión procesal en un juicio ejecutivo, ya que falleció el demandandante, basta con que se pruebe estar llamado a suceder????
gracias de antemano.
josep escribió: Espero me puedan ayudar, necesito la base legal para la sucesión procesal en un juicio ejecutivo, ya que falleció el demandandante, basta con que se pruebe estar llamado a suceder????
gracias de antemano.
Unos de los primeros pasos es que tiene que haber una acepcion de heencia y sus herederos podran iniciar o continuar la Sucecion procesal y lo demas solo relacionas las dispociones legales de la Sucesion . Suerte.
El que oculta sus delitos No prospera, el que lo confiesa y cambia otendra compasión.-
Proverbios. 28,13.
La base legal de la sucesión procesal esta en el artículo 86 CPCYM, y lo q dice mi estimado amigo es cierto, respecto a la aceptación de herencia, recuerda que los herederos universales son los continuadores de la personalidad del causante ( ante cualquier duda consulten la obra nociones de derecho hereditario del jurisconsulto salvadoreño roberto romero carrillo) pero claro que es necesario un requisito sinecuanon para poder continuar con el cobro y es LA NOTIFICACION DEL LLANTO colegas...saludos