Para titular un terreno por medio de titulacion supletoria por via notarial hay que citar al sindico municipal del lugar del ubicacion del inmueble; pero tambien a tradente o a los herederos, si fueran conocidos del solicitante.. Ahora bien, que hacer cuando el tradente ya falleció y los hijos no siguieron diligencias de aceptación de herencia.
A quien tengo que citar? o solo bastará que se mencione en el Acta Notarial de solicitud, que el tradente ya falleció?? GRACIAS..
solo neciona que el tradente esta fallecido y que agregas la partida de uncion.
oscar0277 escribió: Para titular un terreno por medio de titulacion supletoria por via notarial hay que citar al sindico municipal del lugar del ubicacion del inmueble; pero tambien a tradente o a los herederos, si fueran conocidos del solicitante.. Ahora bien, que hacer cuando el tradente ya falleció y los hijos no siguieron diligencias de aceptación de herencia.
A quien tengo que citar? o solo bastará que se mencione en el Acta Notarial de solicitud, que el tradente ya falleció?? GRACIAS..
El que oculta sus delitos No prospera, el que lo confiesa y cambia otendra compasión.-
Proverbios. 28,13.