el caso es el siguiente, dos personas siguieron diligencias de aceptacion de herencia hasta su culminacion via notarial, el caso es que dejaron fuera a una persona con derecho a heredar y tampoco se le nombro curador ni nada simplemente no se menciono, queria consultar si en base al articulo 1116 del codigo civil, es posible que esta persona aunque sea en fecha posterior, acepte la herencia y solicite la administracion conjunta de la misma con las personas ya declaradas????
les agradecira mucho sus comentarios o guia al respecto pues me es de urgencia!!!
Primero lo que se debe hacer es seguir un Juicio de Nulidad de Diligencias de Aceptacion de Herencia, para que se anulen todo el tramite y se anule asimismo los trasapasos en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas.
Segundo, puede intentar una negociacion con los herederos declarados a fin de que ellos le asignen su parte testamentario que le corresponde como heredero.
Salmos 15:2-5
"El que anda en integridad y hace justicia, Y habla verdad en su corazón. - El que no calumnia con su lengua, Ni hace mal a su prójimo, Ni admite reproche alguno contra su vecino. Aquel a cuyos ojos el vil es menospreciado, Pero honra a los que temen a yavé.El que hace estas cosas,...