Hola muy buenas quisiera de su ayuda pues tengo la siguiente duda con respecto a un juicio ejecutivo civil que llevo.
resulta que presente la demanda detallando el monto de la dueda, tanto de capital, intereses e intereses moratorios mas el respectivo documento donde tambien se establecen estos detalles.
el juez resuelve que se decrete embargo hacia el demandado, y establece que sea por la cierta cantidad que consiste solo en el capital, y no me a tomado en cuenta los intereses.
Por lo que mi duda surge al ser mi primer caso de este tipo, si esto es asi siempre y luego mas adelante cuando solicite la liquidacion de la deuda se tomaran en cuentas los intereses?
o simplemente me los nego? aunque no se manifesto sobre elles en la resolucion del decreto de embargo
Yo opino que debió pronunciarse en cuanto a ello, ya que tu petición fue clara en que se reclama capital intereses convencionales y moratorios, etc. que ademas están detallados en el titulo ejecutivo.
Hola colega, el juez ha resuelto lo correcto; pues los juicios ejecutivos se siguen sobre cantidades líquidas a reclamar; y el mandamiento de embargo, si lo lees dirá que se embargue una tercera parte más de lo ordenado (capital) para cubrir los intereses y costas procesales; y en la sentencia, si fuese favorable condenará al demandado a pagar el capital reclamado más los intereses normales y moratorios y las costas procesales. Siendo ésta sentencia tu título para iniciar la fase de ejecución, y es aquí donde debes de pedir la liquidación; en donde se te detallará a la fecha que se realice dicha liquidación a cuanto ascienden los intereses tanto normales y moratorios y las costas procesales.
No puede librarse un mandamiento detallando cantidad de capital e intereses, porque hasta ese momento no hay condena; y puede que tu deudor se oponga a la demanda y los intereses y capital sean menores a lo que estas reclamando; además que no sabes cuanto tiempo durará el jucio ejecutivo y la fase de ejecución, por lo tanto si te determinará al inicio los intereses afectaría a tu cliente, pues no podría reclamar los intereses caído dentro del proceso.
Dante_R87 escribió: Hola muy buenas quisiera de su ayuda pues tengo la siguiente duda con respecto a un juicio ejecutivo civil que llevo.
resulta que presente la demanda detallando el monto de la dueda, tanto de capital, intereses e intereses moratorios mas el respectivo documento donde tambien se establecen estos detalles.
el juez resuelve que se decrete embargo hacia el demandado, y establece que sea por la cierta cantidad que consiste solo en el capital, y no me a tomado en cuenta los intereses.
Por lo que mi duda surge al ser mi primer caso de este tipo, si esto es asi siempre y luego mas adelante cuando solicite la liquidacion de la deuda se tomaran en cuentas los intereses?
o simplemente me los nego? aunque no se manifesto sobre elles en la resolucion del decreto de embargo
les agradecere mucho toda sus ayudas y aportes
El "etc..." es el alivio de los sabios y el recurso de los ignorantes."