MMM, DEPENDE DE SI LA PERSONA QUE LO OTORGUE ES EL TITULAR DE LA PROPIEDAD, SE HAYA RESERVADO EL USUFRUCTO, Y DEL TIEMPO PARA EL CUAL HA SIDO OTORGADO, O SE HAYA RESERVADO EL USUFRUCTO, O ESTE ES VITALICIO. AUNQUE POR REGLAR GENERAL SE PUEDE HACER PERFECTAMENTE. RECUERDA QUE SI SE HA OTORGADO PARA CIERTO PLAZO, SE EXTINGUE AL TERMINAR EL PLAZO Y SI ES VITALICIO SE EXTINGUE CON LA MUERTE DEL USUFRUCTUARIO.
LA MUERTE NO ES EL FINAL DE TODO, LA MUERTE NO ES MAS QUE OTRA TRANSFORMACION.