Buenos días queridos colegas, esta vez solicito su ayuda con un tema de hipoteca.
Presenté al registro una hipoteca abierta la cual observaron por existir una prenda vigente (la cual proviene de un crédito a la producción), sin embargo, teng entendido que podrían recaer varios gravamenes sobre el mismo inmueble aunque sean acreedores distintos.
Será que el registrador entonces está equivocado o en verdad no puedo inscribir mi hipoteca por ser acreedores diferentes? He estado leyendo el C. Civil pero no he encontrado mucho, tal vez ustedes pueden orientarme y la base legal que debría utilizar, gracias!
Existen dos situaciones en las que esta equivocado el registrador.
Constitucionalmente existe la libre contratacion,media vez no vaya en contra de la leyes,por lo que si el contrato estipula en las clausula que si el acreedor otorga permiso para constituir otra hipoteca no hay razon para detener la inscripcion.
Art. 1554-A.Codigo de Comercio- CUANDO EXISTAN HIPOTECAS INSCRITAS A FAVOR DE LAS INSTITUCIONES DE
CRÉDITO, BANCARIAS O EMPRESAS MERCANTILES, NO SE INSCRIBIRÁ EN LOS REGISTROS
RESPECTIVOS NINGÚN INSTRUMENTO QUE CONTENGA DERECHOS QUE DE CUALQUIER MANERA
AFECTEN, GRAVEN, TRANSFIERAN O ENAJENEN TOTAL O PARCIALMENTE LOS BIENES OBJETO DE LA
GARANTÍA O QUE CONSTITUYA SOBRE LOS MISMOS CUALQUIER DERECHO A FAVOR DE TERCEROS,
A MENOS QUE EXISTA ACUERDO ESCRITO ENTRE EL HIPOTECANTE Y EL ACREEDOR.
Última Edición: 07 Oct 2014 05:09 por juan avelar o.
Muy buen aporte !!!
En lo personal he visto inmuebles con 2, 3 y hasta 4 gravamenes en el Registro.
- Ojo que cuando se trata de bienes muebles, es decir vehiculos, ahi solo puede registrarse un solo gravamen.
Saludos
Lo que Dios ya Santificó, nadie lo puede llamar impuro
Otros Derechos y Acciones Art. 219.- Para inscribir en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas y Registro Social de Inmuebles, una escritura, por la cual se venda, enajene, grave o de cualquier modo se constituya un derecho real sobre todo o parte de un inmueble hipotecado a favor de dicho banco, será necesario el previo consentimiento del banco acreedor