Buenos días colegas, una persona beneficiara de FINATA, es dueño y actual poseedor de un inmueble, pero con un gravamen de bien de familia que venció su plazo de 30 años en junio de 2014.
LA PREGUNTAS SON:
Debo presentar alguna acta notarial o solo un escrito ante el registro de la propiedad correspondiente?
Se cancela algo de derechos de registro?
Debo agregar la escritura original?
1) Tienes que presentar un escrito solicitando la cancelacion del vinculo del bien de familia. Adjunto el modelo.
2) Tienes que pagar el arancel correspondiente $8.91, pero si quieres consulta en asesoria al usuario para estar seguro.
3) No tienes que presentar la escritura original, pero si quieres llevala por si te la piden.
Adjuntos:
El siguiente usuario dijo gracias: Yaky, KARLA DE RUBIO
Gracias por tu respuesta, eso haré según me indicas.
Ahora bien solo una pregunta más, he escuchado por ahí de un decreto que dice que aun cancelado el bien de familia no pueden transferirse esos inmueble provenientes de FINATA (me parece poco creible y sin sentido pero eso escuché)
hoy no se puede cancelar el bien de familia ya que ley fue reformada salvo que se haya cumplido el plazo tiene que ir a ISTA para que le cancelen el bien de familia