Estoy por iniciar unas diligencias de Remedición, en la descripción técnica esta como: """" es propietaria y actual poseedora de un inmueble que comprende dos terrenos rústicos, cultivados de café, situados en
, jurisdicción de
, compuesto de SETENTA AREAS equivalentes a SIETE MIL METROS CUADRADOS cada uno, conforme a antecedente, pero en realidad es de mayor extensión y queda como cuerpo cierto dentro de los linderos especiales siguientes, el PRIMER TERRENO: ......... el SEGUNDO TERRENO .........
Cada terreno tiene su propia matricula, y ya tengo panos aprobados: 1 por cada terreno. Los terrenos están a la par.
La pregunta es: Puedo hacer en una sola diligencia la remedición de ambos terrenos, independizandolos uno de otros en las descripciones tal y como esta en la escritura: Un inmueble compuesto de 2 terrenos ........., o
Debo hacer diligencias individuales por cada uno de los terrenos, es decir 2 tramites de Diligencias de remedicion?
Gracias por sus aportes.
Cree en el Señor Jesucristo, y seras salvo, tu y tu casa.
Hechos 16:31
No creo que exista problema alguno en realizar en una sola diligencia,de remediciòn de inmuebles.
Lo que sucede es que para efectos prácticos da igual que se haga en una sola diligencias; como que se hagan dos diligencias separadas.
Entonces pienso ; y si en la Sección de Notario, le preguntan que porque NO separe las diligencias; porque una sola diligencias implica una sola resolución final; pero al tratarse de dos inmuebles serían extender dos testimonios para efectos de inscripción. Si los inmuebles están contiguos porque no practico reunión de inmuebles además???
Ahora si los inmuebles corresponden a la misma jurisdicción, y solo será necesario un testimonio????
En conclusión creo que para evitar problemas en el Registro o en CNR, lo mejor serán dos diligencias separadas; asì cada una cumple con sus correspondientes plazos, y principalmente porque puede cobrar honorarios por dos diligencias y no solo por una
Ya en serio... Solo si tiene mucho cuidado con la redacción, con los plazos, con las actas, con las citas de colindantes, con la mensura, con el perito y su peritaje; hágalo en una sola diligencia; caso contrario, es decir que podría usted, misma confundirse mejor hágalo en diligencias separadas.
Estimada colega
Le sugiero si los inmuebles estan junto o son colindantes, primero haga la reunión de inmuebles
y posteriormente que ya tenga inscrita la reunión, realiza la remedición.-
hable con su cliente, pus eso le va a generar un poco mas de gasto pero es mas sano para usted y mas fácil.
Gracias Tona. Aquí no hay posibilidad de reunir, ya que la intención es vender uno de los terrenos. Así que definitivamente las diligencias irán separadas.
Ahora que si los colindantes que aparecen en catastro no son los actuales, dijo el Técnico en la revisión de perímetro para aprobación de planos que tenía que actualizar los colindantes en la escritura. Por casualidad alguien sabe como se hace, o tiene algún formato de protocolizacion en donde se actualicen datos?.
Gracias.
Cree en el Señor Jesucristo, y seras salvo, tu y tu casa.
Hechos 16:31
En este caso entonces cuando protocolices tu diliegencias, como ya catastro te entrego el plano, tu le pones los colindantes que aparecen en el plano
y dices antes colindando con hoy con .......y ya te queda actualizado.