Cuando uno va donde el deudor hacerle ver su deuda y este la reconoce esta bien firmar letras de cambio o pagaré, tengo entendido también que la letra de cambio no tiene fuerza ejecutiva por si sola como antes ahora se tiene que hacerse acompañar de una escritura, que tan cierto es todo.
buen dia, las cosas típicamente mercantiles como los títulos valores tiene fuerza ejecutiva por si sola, como es un titulo valor de orden de pago y se vuelve exigible después de vencido el plazo de la deuda, y se ejerce la acción ejecutiva