Recuperacion de deudas

23 Jun 2015 11:28 #1 por Prunella
Recuperacion de deudas Publicado por Prunella
Saludos

Necesito sus comentarios

Cuando uno va donde el deudor hacerle ver su deuda y este la reconoce esta bien firmar letras de cambio o pagaré, tengo entendido también que la letra de cambio no tiene fuerza ejecutiva por si sola como antes ahora se tiene que hacerse acompañar de una escritura, que tan cierto es todo.

Muchas gracias

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

23 Jun 2015 14:08 #2 por enrique arguera
Respuesta de enrique arguera sobre el tema Recuperacion de deudas
buen dia, las cosas típicamente mercantiles como los títulos valores tiene fuerza ejecutiva por si sola, como es un titulo valor de orden de pago y se vuelve exigible después de vencido el plazo de la deuda, y se ejerce la acción ejecutiva

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Tiempo de carga de la página: 0.143 segundos
Gracias a Foro Kunena